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martes, febrero 3, 2026

Se debe señalar la omisión y entrega tardía de los partidos sobre gastos de fiscalización

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  • No es meritorio que hayan entregado durante la última semana o en días posteriores
  • Es una limitación al ejercicio de atribuciones del INE: Pamela San Martín

 

 

Con los lineamientos aprobados en la Reforma Político Electoral del 2014 quedó establecido que los partidos políticos y candidatos independientes serían fiscalizados en tiempo real por el Instituto Nacional Electoral (INE) respecto al monto de recursos utilizados para sus campañas políticas. En el ejercicio de fiscalización del proceso electoral local 2015-2016, el 70 por ciento de los candidatos y partidos políticos de las 13 entidades que celebraron elecciones, entregaron tarde y omitieron ciertos aspectos de gastos, mermando así la labor fiscalizadora del INE.

Pamela San Martín Ríos y Valles, consejera electoral del Consejo General del INE, señaló dichas omisiones durante la sesión ordinaria para votar los dictámenes consolidados de las irregularidades en gastos de todos los partidos y candidatos en dichas entidades, en Aguascalientes las multas ascendieron a más de once millones de pesos.

La consejera puntualizó que no debe permitirse que candidatos y partidos políticos incumplan con lo establecido en la ley y con las fechas de entrega de comprobantes de gastos.

“Hay una decisión que se ha tomado en materia de fiscalización que me resulta preocupante y que me parece que nuevamente tenemos que analizar en sus méritos porque esta decisión tener una afectación muy particular a la implementación del propio modelo de fiscalización que tenemos. Me refiero a la que la Constitución y la ley disponen expresamente que la fiscalización se realiza durante las campañas, lo que se traduce en que ésta se tiene que realizar de forma simultánea a su desarrollo, simultáneamente la autoridad debe revisar y auditar el destino que los partidos y candidatos den a los recursos, y la autoridad cuenta cuenta con diez días posteriores a la entrega de los informes para revisar la documentación soporte de la documentación presentada. No son diez días para fiscalizar, son diez días para revisar observaciones con lo que ya se entregó y la correspondencia con lo que los sujetos obligados ya reportaron, la Ley General de Partidos Políticos señala que si en esos diez días la autoridad advierte errores u omisiones técnicos, no de cualquier naturaleza en la documentación presentada, los debe de hacer del conocimiento de los partidos y candidatos para que aclaren y rectifiquen, es cierto, es una garantía de audiencia en donde les decimos también nuestros hallazgos de nuestros propios monitoreos en prensa, en internet, en espectaculares, etcétera, pero este tiempo no puede ni debe entenderse como una ampliación del tiempo que tienen los partidos para reportar, como un nuevo momento para reportar todo lo que no se había reportado con anterioridad, esto es contrario a la ley y contrario al propio modelo”.

Apuntó que permitir que los partidos no entreguen en tiempo la documentación necesaria, merma el trabajo de la autoridad electoral.

“Esto opera en contra de la propia autoridad que tiene que realizar una fiscalización y que al no recibir la información oportunamente está atada de manos, porque en diez días tiene que hacer una revisión sobre un porcentaje altísimo de operaciones, en esta ocasión cerca del 70 por ciento de las operaciones que nos reportaron los sujetos obligados, fueron reportadas o en la última semana o en respuesta a oficio de errores y omisiones, eso merma sustantivamente la posibilidad que tiene la autoridad de fiscalizar. No hay ningún mérito en que un partido político o candidato me reporte lo que yo ya le dije que le detecte, y lo que estamos aquí es aplaudiendo el mérito de reportarme lo que le fue detectado, no lo que gastó”.

San Martín Ríos y Valles votó en contra todos los dictámenes consolidados de las irregularidades encontradas en el aspecto de fiscalización, sin embargo, por mayoría de votos estos fueron aprobados.

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