- Profeco desmiente acopio ilegal de combustible en estaciones de servicio de la entidad
- Sin embargo, Aguascalientes fue de los estados en los que más se reportaron este tipo de conductas
La responsable de la delegación de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), Merit Almendra Ortega Rocha, advirtió que los actos de especulación con gasolinas como acaparamiento, ocultación o negativa de venta, alcanzan una penalidad de tres a diez años de prisión.
Recordó que el procurador Ernesto Nemer Álvarez puso en marcha a fines del año pasado un operativo nacional de vigilancia en todas las estaciones de servicio del país, enfocado especialmente en las entidades en las que se reportaron este tipo de conductas, entre ellas Aguascalientes, junto con San Luis Potosí, Guanajuato, Michoacán, Zacatecas y algunas regiones de Jalisco.
La funcionaria federal aseguró que ni antes ni después del gasolinazo se han encontrado irregularidades en el cobro, como tampoco acopio ilegal del combustible para aprovechar el nuevo precio, o bien, despacho de litros incompletos: “Fueron más bien especulaciones (…); es cierto que algunas gasolineras no tenían combustible porque estaban esperando las pipas de Pemex y tampoco es que no los quisieran surtir, sino que hubo compras masivas y en algunos puntos se registró desabasto”.
Aseguró que “todas las estaciones de servicio han cumplido con la disposición del nuevo precio que entró en vigencia el 1 de enero, no hay ningún tipo de denuncia de los ciudadanos y cada día deberán exhibir el precio de la gasolina para que el consumidor sepa cuánto debe pagar”. En la capital, el producto se cotiza a 16.16 pesos por litro para magna, 17.93, premium y 12.26, diésel.
En caso de cualquier anomalía, se dará aviso a Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Reguladora de Energía para aplicar las sanciones administrativas que procedan y presentar las denuncias correspondientes a la Procuraduría General de la República (PGR) para iniciar las averiguaciones por delitos contra la economía pública: “La Profeco a través de la Dirección General de Verificación de Combustibles, intensificará las acciones del Programa Nacional de Verificación para garantizar el despacho correcto de gasolinas”.
El Código Penal Federal establece en su artículo 253 que el acaparamiento, ocultación, injustificada negativa para su venta o actos que limiten la producción o libre concurrencia de los artículos de consumo necesario o materias primas esenciales para la actividad de la industria nacional, con el objeto de obtener un alza en los precios, se castigarán con prisión de tres a diez años y con doscientos a mil días multa.




