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viernes, diciembre 5, 2025

Aprueba Congreso cobro exprés de multas de tránsito

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • Los conductores podrán pagar con tarjeta al momento de cometer la infracción
  • Con 15 votos a favor y 10 en contra, bancada del PRI argumentó que es inconstitucional

El Congreso del Estado aprobó con quince votos a favor, diez en contra y una abstención, el cobro de multas de tránsito en el sitio en el que se cometió la infracción, por medio de una terminal bancaria.

Tras una larga discusión, los diputados aprobaron con sólo un voto más del mínimo necesario la iniciativa presentada por Leonardo Montañez Castro durante la LXII Legislatura, para reformar los artículos 144 y 163 de la Ley de Vialidad del Estado de Aguascalientes, con el objeto de facultar a los agentes de tránsito para realizar el cobro exprés.

La presidente de la Comisión de Transporte Público, Claudia Guadalupe de Lira Beltrán, explicó que con ello se ofrece la alternativa a los conductores de bicicleta, motocicleta, automóvil u operadores de transporte urbano o de carga que cometan una infracción, de pagar inmediatamente la multa de tránsito y obtener los descuentos que algunos municipios ofrecen por pronto pago.

“A quien no respete la luz roja de un semáforo y continúe su marcha, se ubicará en la hipótesis de la sanción enumerada como grave (…). Para tal nivel, la Ley de Ingresos 2017 en el Municipio de Aguascalientes establece un rango de 608 pesos a 760, con el cobro vía terminal electrónica aplicará el de 608 pesos, es decir, el mínimo del rango. Y además por pronto pago (…) se aplicará un descuento de 50 por ciento, por lo que el infractor tendrá que pagar una cantidad de 304 pesos”, ejemplificó la legisladora panista.  

El policía vial deberá informar los beneficios de descuento a los que tiene derecho por el pronto pago y los mecanismos y lugares autorizados para realizarlo; si el conductor lo desea, podrá pagar de inmediato a través de las terminales electrónicas móviles que porten los agentes autorizados y deberá de recibir el comprobante respectivo: “Esta reforma de ninguna manera faculta a los agentes de tránsito para calificar las sanciones al momentos de aplicarlas. Como es su responsabilidad se limita a imponer alguna de las sanciones del catálogo de conductas sancionables previstas en el artículo 157 bis de vialidad”.

El cobro exprés entrará en vigor a partir del martes. No será obligatorio, los municipios podrán decidir si llevan a la práctica esta ley, o no, dependiendo de su viabilidad, y cada Ayuntamiento determinará el número de agentes autorizados para portar los dispositivos de cobro.

Durante la discusión, el diputado David Nájera Moreno consideró que la iniciativa es improcedente y anticonstitucional: “Es totalmente violatoria a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es una norma que estaría violando el derecho de audiencia en primer término; en segundo término los funcionarios públicos tenemos facultades ya señaladas. Los servidores públicos en calidad de agentes de vialidad en ningún momento son facultades para convertirse en jueces calificadores (…); la otra es que ni el estado ni el municipio tendrían la infraestructura suficiente para poder hacer viable esta reforma”.

En Chihuahua, Guanajuato, México y Sonora ya se ha implementado el uso de medios electrónicos en materia de vialidad.

 

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