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viernes, diciembre 5, 2025

Revocan sentencia electoral de la Sala Administrativa de Aguascalientes

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Los magistrados de la Sala Regional Monterrey revocaron las sentencias emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas y la Sala Administrativa de Aguascalientes, respectivamente, la primera relacionada con la presunta omisión del Instituto Electoral local de publicar en estrados electrónicos los escritos de medios de impugnación presentados contra sus actos; mientras que la segunda, tuvo como origen la demanda de la asociación civil Unidos Podemos por Aguascalientes, en la que controvirtió un procedimiento de otra asociación para constituirse como partido político local.

Las decisiones de este órgano jurisdiccional se sustentaron en el hecho de que las responsables no analizaron correctamente que quien promovió ante ellos no tenía interés jurídico para cuestionar esas determinaciones, en virtud de que se trataba de actos que no vulneran o lesionan directamente sus derechos, de ahí que se revocara la decisión de los tribunales estatales y en plenitud de jurisdicción se desecharan las demandas presentadas en las instancias locales.

Durante la sesión pública, este órgano de decisión resolvió diez juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

La Sala Regional Monterrey desechó juicios ciudadanos promovidos por legisladores del estado de Guanajuato para controvertir la resolución de la Mesa Directiva del referido Congreso que disminuyó por el equivalente a cinco días sus dietas parlamentarias, al no justificar la inasistencia a la sesión ordinaria del 11 de mayo; en sus demandas los diputados señalaban que la restricción del pago de dietas, como la que se decidió en un procedimiento disciplinario violaba su derecho al desempeño del cargo, para la Sala Monterrey esa decisión de reducción de dietas derivada de un procedimiento administrativo disciplinario instado por el Congreso no violenta la esfera de derechos político-electorales de los actores, pues aun cuando la decisión afecta la remuneración que perciben por el cargo que desempeñan, derecho inherente a su ejercicio, lo cierto es que se trata sanciones administrativas derivadas de la falta de cumplimiento a las obligaciones que tienen encomendadas.

La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. Está integrada por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, quien la preside, los magistrados Yairsinio David García Ortiz y Jorge Emilio Sánchez-Cordero Grossmann.

 

Con información del TEPJF

 

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