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miércoles, febrero 4, 2026

Ley en materia de objeción de conciencia vulnera a grupos minoritarios y a mujeres

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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  • Innecesario estipularlo por escrito cuando la NOM 046 lo dejaba claro
  • La objeción de conciencia puede convertirse en un argumento para la discriminación y la homofobia

 

La recientemente aprobada Ley General de Salud en materia de objeción de conciencia puede vulnerar a otros grupos minoritarios de la población como pacientes de la comunidad LGBT y enfermos de VIH Sida, además de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

La experta en salud sexual y reproductiva, Lourdes Martínez Staines, señaló además que esta reforma legislativa es una forma de decirles a los médicos que no ha necesidad de atender una situación de interrupción de un embarazo en caso de violación, a pesar de ya estar estipulado en la Norma 046 que así se hiciera.

“Creo que están reforzando el interés de que se nieguen las intervenciones cuando la norma lo deja muy claro que era muy válido que hubiera objeción de conciencia, lo cual resulta innecesario; sin embargo el sistema de salud deberá responder con lo que requiera la población, incluyendo personal especializado”, señaló la exjefa del departamento de Salud Reproductiva del Instituto de Servicios de Salud del Estado.

El 22 de marzo del presente año fue aprobada en el Senado de la República el dictamen que reforma la Ley General de Salud en materia de objeción de conciencia, con la cual se pretende proteger a los médicos que se opongan a cometer acciones contra su conciencia, aunque la iniciativa nació para cerrar las puertas a acciones como el aborto (a través de la NOM 046) o la eutanasia, puede también traer consecuencias que perjudican a otros grupos vulnerables como pacientes de la comunidad LGBT y enfermos de VIH Sida.

De esta manera, lo que se conoce como “objeción de conciencia” puede convertirse en un argumento para la discriminación y homofobia.

“Hay población vulnerable que puede ser afectada, porque a la hora que se estipula por escrito en la Ley General de Salud, están asegurando al personal que pueden no hacerlo y no hay ningún problema, con el riesgo de que se queden personas sin la atención debida, cuando en la norma vigente estaba estipulado; no había necesidad”, manifestó la doctora.

Consideró necesario cuestionar el porqué se estipula la objeción de conciencia en capítulo aparte y por escrito. El hacer reflexionar a la población en que medidas de este tipo son pasos hacia atrás en cuestión de los derechos humanos.

“Lo que hacen es alertar a los estados de lo que pudiera suceder en un futuro, y seguir rechazando la posibilidad de ofertar un aborto a una mujer en un servicio de salud y garantizar que no tenga una infección y no muera desangrada. Todos los estados están obligados a contar con un equipo humano para responder a la NOM 046, pero no todos lo tienen, ha habido resistencias para no cumplir con esta norma, como sucede aquí en Aguascalientes”, subrayó la experta.

Martínez Staines destacó que al considerar todo el trabajo que se ha realizado para avanzar en cuanto a los derechos sexuales y reproductivos, y especialmente los de las mujeres, resulta delicado el que se promueva esta reforma como algo positivo, pues lograrán que desistan en buscar una respuesta en el sistema de salud, y la busquen de manera insegura, costosa e inaccesible para los grupos más desprotegidos, lo que significa mayor vulnerabilidad el sector femenino.

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