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sábado, diciembre 6, 2025

El Estado y la sociedad deben terminar con la discriminación por razón de género u orientación sexual

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La magistrada de la Sala Superior indició que la discriminación, la exclusión y el odio se propagan por ideas preconcebidas en los rincones más oscuros de la ignorancia y del miedo

El TEPJF está a la vanguardia en los temas de los derechos humanos, es inclusivo y genera certeza jurídica y confianza en la ciudadanía sin importar condición u orientación sexual, dijo

La magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Aralí Soto Fregoso, hizo un llamado a todos los sectores de la sociedad y del Estado para terminar con la discriminación que sufre la población por su orientación sexual, identidad o expresión de género.

Al inaugurar los trabajos del Taller de Sensibilización en materia de Diversidad Sexual y Derechos LGBTTTI+, la magistrada del TEPJF aseguró que el respeto es la base de la convivencia, es un derecho obtenido al llegar a este mundo o, por lo menos, así debería serlo, ya que llegamos a él libres de prejuicios, de etiquetas, de pensamiento, pero, sobre todo, libres de odio.

Soto Fregoso aseveró: “Esas actitudes tienen que terminar y la discriminación no debe ser propagada por el Estado o sus instituciones. La discriminación la genera y la propaga el mismo ser humano; la exclusión y el odio se propagan por ideas preconcebidas en los rincones más oscuros de la ignorancia y del miedo; son ideas que no permiten que todos seamos partes iguales de una sociedad, sino que pretenden mantenernos separados”.  

Durante la ceremonia inaugural, que se llevó a cabo en el Auditorio José Luis de la Peza de la Sala Superior, la magistrada aseveró que el TEPJF está siempre a la vanguardia en los temas de los derechos humanos, además de que buscan a un Tribunal inclusivo y abierto, que genere certeza jurídica y confianza en ciudadanos sin importar su condición, orientación sexual, identidad de género, raza, religión o cualquier otra circunstancia desprotegida y que sea causa de discriminación.

Soto Fregoso reconoció que la lucha de la comunidad LGBTTTI+, ha sido imparable y llena de fuerza para tener el reconocimiento de los derechos que tienen hoy, y por lo cuales no debieron haber luchado porque son merecedores de ellos por el simple hecho de ser personas y haber nacido en territorio nacional, “Estoy convencida que aún nos falta mucho por hacer, sin embargo, con estas acciones estamos poniendo nuestra parte para que las cosas cambien, y así lo hemos hecho, con la construcción de sentencias con perspectiva de derechos humanos y de inclusión, en donde se han respetado los derechos político-electorales de las y los demandantes, y en la atención que brindamos a esta comunidad, libre de prejuicios y discriminación”.

Recordó que como parte de su actuar jurisdiccional, la Sala Superior del TEPJF emitió el pasado 21 de junio de 2018 la sentencia relacionada con la controversia presentada en el Estado de Oaxaca conocida como la de “los muxes”, en la cual se estableció que la manifestación de pertenencia a un género es suficiente para justificar la autoadscripción de una persona, sin embargo, dada la obligación del Estado de proteger la paridad entre hombres y mujeres en la postulación de las candidaturas, debe evitarse una simulación en la manifestación de género o de dicha autoadscripción.

“Por ello, las autoridades electorales deben hacerse cargo de la posibilidad de un mal uso de la autoadscripción, para no permitir que una reivindicación tan importante como la identidad trans se utilice de manera engañosa para cumplir con el principio constitucional de paridad”, puntualizó la magistrada Soto Fregoso.

 

Con información del TEPJF

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