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miércoles, febrero 4, 2026

En dos meses estará listo el reglamento para garantizar espacios libres de humo de tabaco en Aguascalientes

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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  • Disposiciones se darán a conocer en dependencias de gobierno y a empresarios
  • Sólo Aguascalientes y Chiapas cuentan con una legislación sobre el tema

 

Tras la aprobación de la Ley de Protección contra la Exposición al Humo de Tabaco del Estado de Aguascalientes, ahora queda a los integrantes de la Comisión de Salud del Congreso del Estado conformar el reglamento que aseguran integrarán en un lapso de dos meses para su difusión.

Margarita Gallegos Soto, diputada que preside dicha Comisión, explicó que una vez que fue publicada la Ley en el Periódico Oficial del Estado el 30 de septiembre, les corresponderá integrar un reglamento a fin de que la Secretaría de Salud del Estado difunda su contenido y vigile su complimiento.

Estas disposiciones se darán a conocer al sector hotelero, restaurantero, además de las dependencias públicas, incluyendo los once ayuntamientos en el estado y se contará con un centro de atención para quejas, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la nueva ley a través de multas administrativas a los dueños de los establecimientos que no garanticen espacios libres de humo de tabaco.

Patricia Sosa, directora para Latinoamérica y el Caribe de la Campaña para Niñas y Niños Libres de Tabaco, destacó que esta Ley es puntera en el país junto con Chiapas, dado que México, a diferencia del resto de los países de América Latina, no cuenta con una legislación nacional en este sentido ni se han implementado medidas para inhibir el consumo de cigarros de tabaco y electrónicos, pues desde hace diez años no se ha dado un incremento en el precio de las cajetillas, razón por la cual se detuvo la reducción del consumo.

Debido a la cantidad de personas y consecuencias a la salud que trae a la población el consumo del tabaco, y ahora también a través de los cigarrillos electrónicos, más que un problema de salud pública se puede hablar de una epidemia; por ello la importancia de que los gobiernos estatales y federal continúen avanzando en el tema.

Advirtió que las industrias tabacaleras han creado la cultura del vapeo con la idea de que se trata de una adicción menos dañina, cuando la realidad es que está causando fuertes estragos especialmente en la población de jóvenes, ya que a pesar de que en México hay consumo limitado, las empresas están muy interesadas en incrementar las ventas de este producto a través de su aprobación, a pesar de las advertencias que ya emitió en este sentido la Secretaría de Salud.

Se calcula que en Aguascalientes mueren al año 873 personas por enfermedades relacionadas al consumo de tabaco, 66 mil en el ámbito nacional.

 

Espacios obligados al cumplimiento de esta Ley

Además de obligar que se aseguren espacios libres de humo a todos los edificios de dependencias públicas, también involucra a las instalaciones abiertas o cerradas destinadas a la práctica deportiva, cultural, recreativa y de esparcimiento; establecimiento con acceso al público como cines, teatros, auditorios, funerarias y otros; unidades destinadas al cuidado y atención de los niños, adolescentes o personas de la tercera edad y con discapacidad.

En las áreas físicas cerradas de establecimientos mercantiles, locales, tiendas de autoservicios, oficinas bancarias, financieras y comerciales, hoteles, moteles y servicios de hospedaje, expendios fijos o temporales de alimentos o bebidas alcohólicas y no alcohólicas, bares, cantinas, merenderos, centros botaneros, discotecas, y cualquier otro establecimiento en el que se proporcione atención al público; así como sitios donde se almacene o expenda gasolina, gas L.P., gas centrifugado, diesel o cualquier otro combustible o químicos o productos catalogados como peligrosos; áreas físicas cerradas de los centros de trabajo, empresas e industrias, o cualquier otro establecimiento o lugar que sean utilizados por las personas durante su empleo, jornada laboral, trabajo o comisión; vehículos destinados al transporte público de pasajeros, de transporte escolar, de transporte de personal, etcétera.

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