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viernes, diciembre 5, 2025

Participación ciudadana y municipalismo

Manuel Cortina Reynoso
Manuel Cortina Reynoso
Colaborador Nessun Dorma | Abogado y político hidrocálido, Subsecretario de Gobierno del Estado de Aguascalientes y miembro del Colegio Nacional de Abogados Municipalistas.

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El 23 de diciembre de 1999 apareció publicada en el Diario Oficial de la Federación una reforma al artículo 115 constitucional que quizá sea una de las más importantes en la historia del municipalismo mexicano, pues otorgaba una mayor autonomía al municipio mexicano. Ni siquiera aquella que en los ochentas había separado en los artículos 115 y 116 las facultades de municipios y estados, respectivamente, había conseguido lo que en 1999 se planteaba.

En principio de cuentas, se planteó por primera vez desde que se promulgó la constitución de 1917 reconocer al municipio como orden de gobierno. Esto significaría que el municipio dejara de ser una “administración” para convertirse en un ente de “gobierno”.

En aquel momento muchos aplaudimos la reforma, por tratarse de una lucha histórica, que lograba, entre otros, reconocer al Municipio como orden de gobierno, establecer un marco competencial exclusivo del Municipio y crear la figura de Leyes Marco Estatales en materia Municipal que limitaban la influencia de los estados en este ámbito de gobierno y fortalecía la facultad reglamentaria municipal.

Entre otros objetivos, elevaba a rango constitucional la obligación de la primer autoridad pública (después de la familia) de atender y fomentar la participación ciudadana.

Es el municipio, esa forma primera de la sociedad civil organizada y entidad gubernativa al mismo tiempo, quien tiene a su cargo fomentar los valores de la convivencia local y prestar a la comunidad los servicios básicos que las familias no alcanzan a proporcionar.

¿Pero de qué hablamos los municipalistas cuando nos referimos a participación ciudadana en seguridad pública? Es aquel proceso por el cual las ciudadanas y los ciudadanos desarrollan una acción tendente a vincular una expectativa o una opinión con el ámbito público o político.

Al acercarse a la autoridad, la ciudadanía busca influir directamente para que los servicios respondan a las necesidades de la comunidad, y se presten de manera transparente, eficiente, y de acuerdo a la ley.

Las autoridades tradicionalmente han rehuido a este encuentro cotidiano con la ciudadanía, porque significa un acicate a sus funciones, al tener que responder sistemáticamente a las peticiones, quejas y demandas que las ciudadanas y los ciudadanos tienen todos los días.

La democracia exige no solamente procesos de elección de gobernantes que sean transparentes y equitativos, basados en los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, sino también una vez electas las autoridades por estos procesos, dichas autoridades deben de fomentar mecanismos de participación ciudadana y en consecuencia la transparencia y la rendición de cuentas, en términos del marco constitucional.

La mayor exigencia ocurre en los servicios públicos, porque la participación ciudadana espera que éstos sean de calidad y que satisfagan sus necesidades comunes. Ni más, ni menos, la principal función de la autoridad municipal es prestar los servicios públicos de su competencia, siendo estos aquellos que surgen por el hecho de vivir en comunidad.

De esta forma, si bien es importante que existan mecanismos de participación ciudadana en todas las autoridades públicas, es la autoridad municipal la que más se beneficia de tenerlos, sobretodo en la prestación día a día de servicios públicos.

La participación ciudadana no debe limitarse a la conformación de comités de colonos, que muchas veces no son sino mecanismos de control político electorales, o cuando menos canales de distribución de programas asistencialistas. 

Se trata de generar verdaderos canales de comunicación de la autoridad con la ciudadanía, cotidianos, ágiles y eficientes, para monitorear, medir y mejorar la prestación de servicios públicos.

La implementación de mecanismos eficientes de participación ciudadana en la toma de decisiones a nivel municipal provoca numerosos beneficios para los gobiernos municipales que los desarrollan. Estos beneficios incluyen no solamente mejores servicios públicos, sino un auténtico desarrollo económico ciudadano, vecindarios y comunidades revitalizadas, una mayor seguridad y bienestar para las y los habitantes, y contribuye a que las comunidades, pueblos y ciudades sean sanos y vibrantes.

Trascenderá la autoridad que en vez de temer a la auditoría ciudadana de su gestión, fomente la participación ciudadana que le ayude a mejorar diariamente.

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