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viernes, diciembre 5, 2025

Disposiciones de la Ley para teletrabajo, “un poco oscuras e imprecisas”: Afirma la COPARMEX en Aguascalientes

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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  • Es necesario esperar resultados de cómo las empresas adoptarán la nueva ley
  • Patrones tendrán que proporcionar equipos y pago de luz e internet

 

El presidente interino de la Coparmex Aguascalientes, Juventino Romero de la Torre, consideró que las nuevas disposiciones que señala la ley federal sobre el teletrabajo, recién publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado 11 de enero, “son un poco oscuras e imprecisas”.

Consideró que sin dudar habrá muchas empresas que continuarán trabajando bajo la modalidad, luego de los resultados que se pudieron percibir después de que, con la llegada del nuevo coronavirus, empujó a muchas actividades económicas a adoptar esta opción para no detenerse, habrán de esperarse los resultados de cómo se habrán de adaptar con la nueva legislación.

Recordó que tras la implementación del también denominado home office muchas empresas ya no tendrán la necesidad de efectuar el pago de rentas, o inversiones muy importantes en inmuebles para dar cabida a todos los trabajadores, sino que muchas actividades podrán realizarse en casa. 

El también abogado laborista señaló que las disposiciones de la nueva legislación desafortunadamente son “un poco oscuras e imprecisas”, ya que, por ejemplo, destaca que los patrones tienen que ayudar a los trabajadores en los pagos de Internet, de energía eléctrica, etc., pero no dice en qué proporción, con qué porcentaje, cantidades, etcétera.

“Como sabe, no todas las personas tienen el mismo nivel de Internet en servicio, velocidad, etc., además de que hay zonas de la ciudad en donde la recepción no es tan buena como en otras, o en su caso, se pierde la comunicación, por lo tanto, los patrones no sabrían qué cantidades tendrán que erogar por estos conceptos. La idea es que las partes se pongan de acuerdo en una cantidad razonable”, y consideró que la permanencia de esta modalidad en las empresas dependerá de las necesidades de cada una en particular, pues en muchos casos no hay supervisión sobre los trabajadores.

Entre las obligaciones para las empresas, dentro de la nueva ley sobre teletrabajo están: 

*Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo.

*Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas.

*Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.

*Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por las personas trabajadoras.

*Respetar el derecho a la desconexión de las personas al término de la jornada laboral e inscribirlas al régimen obligatorio de la seguridad social.

*Promover el equilibrio de la relación laboral de las personas trabajadoras, a fin de que gocen de un trabajo digno o decente y de igualdad de trato en cuanto a remuneración, capacitación, formación y seguridad social.

*Se deberá observar una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y la disponibilidad de las personas trabajadoras.

Mientras que las responsabilidades de las y los trabajadores son:

*Tener el mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del patrón.

*Informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, derivados del teletrabajo.

*Atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.

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