22.8 C
Mexico City
viernes, diciembre 5, 2025

Tres días antes del 6 de junio, partidos pueden hacer cambio de jugada con candidaturas

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

Te podría interesar

  • Después del 31 de marzo todo cambio deberá ser justificado: Luis Fernando Landeros
  • Fuerza por México puede sin problema integrar a Reynoso Femat

 

Respecto a la nueva intención del exgobernador Luis Armando Reynoso Femat de contender en este proceso electoral por la alcaldía de Aguascalientes, a pesar de que expresó que no iba a hacerlos por “no ser su momento”, aún es factible a pesar de que Fuerza por México registró ya una candidata, explicó el presidente consejero del Instituto Estatal Electoral, Luis Fernando Landeros Ortiz.

Si bien hasta el día de ayer Reynoso Femat no aparecía en los registros del Consejo Municipal de Aguascalientes como registrado, pues el Partido Fuerza por México presentó para tal efecto a una ciudadana, y los expedientes se encuentran en estos momentos en revisión, tanto de ella como de todos los candidatos que fueron presentados y a quienes se les hicieron ciertos requerimientos de documentos faltantes, los cuales inclusive una vez solventados, es posible que el partido pueda presentar a registro a otra persona; es ahí donde el organismo político puede hacer un cambio de candidato y presentar al exgobernador expanista.

“De que se puede se puede, incluso, registrado el candidato, ya después de que pase el 31 de marzo hay la posibilidad todavía de que se puedan sustituir candidatos; pero ya no de manera libre, tiene que haber una justificación”, detalló el funcionario del IEE.

Los casos por lo que puede haber un cambio de jugada en los partidos políticos, no sólo en el caso de Fuerza por México es, por ejemplo, ante la renuncia voluntaria del titular de la candidatura, que es el más común para que se dé un cambio, o bien por fallecimiento que también se ha dado, también por la suspensión de los derechos político-electorales, “o sea que de repente un juez nos notifique que nos acaban de sentenciar a un candidato y como pena adicional a la privación de su libertad pues se le suspenden sus derechos”, apuntó el consejero presidente.

Inclusive, subrayó, existe la posibilidad para que hasta tres días antes de la jornada electoral se puedan sustituir candidatos, pero no de manera libre, sino que sea plenamente justificado; a pesar de los inconvenientes que provoca que el nuevo aspirante no aparezca en la boleta electoral.

En este caso, el proceso de registros de candidatos aún no concluye debido a la extensión del plazo que aprobó el Consejo General del IEE a fin de que se cumpliera la última sentencia de la Sala Regional Monterrey, por lo que esta semana aún es periodo de registros y después sólo a través de una justificación válida dentro de la ley electoral

“Pero en estos momentos ni siquiera sé todavía si ya presentaron el expediente del ingeniero, está como en stand by”, destacó.

ARTÍCULO 155 de la Ley Electoral del Estado de Aguascalientes.- Los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes podrán sustituir a los candidatos registrados de acuerdo con las disposiciones siguientes:

  1. Solicitarlo por escrito ante el Consejo o consejos distritales o municipales correspondientes;
  2. Podrán sustituirlos libremente dentro del plazo a que se refiere el artículo 144 de este

Código;

III. Vencido el plazo a que se refiere el artículo 144 sólo podrán sustituirlo por fallecimiento, inhabilitación, incapacidad, expulsión del partido que lo postula, renuncia o ubicarse en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 10 de este Código; en caso de renuncia no podrá sustituirlos cuando la renuncia se presente dentro de los quince días anteriores al de la elección. Para la corrección o sustitución de boletas electorales se estará a lo dispuesto por la LGIPE y este Código, y

  1. En los casos que la renuncia o negativa del candidato fuere notificada por el mismo

Consejo, éste lo hará del conocimiento del partido político o coalición de que se trate a

efecto de que proceda a sustituirlo.

RELACIONADOS

¿La nueva Ley de Extorsión pone en riesgo las libertades informativas?

Los funcionarios públicos, por su propia naturaleza y por el cargo que ocupan, están bajo escrutinio. La crítica (cuando es verídica, razonada y...

La dupla Sheinbaum-Godoy: del control en la CDMX al Poder Judicial nacional

La ratificación de Godoy en el Senado abre la posibilidad de que se repita la fórmula política que aplicó junto a Claudia Sheinbaum...

Una nueva fiscal: Ernestina Godoy

Alejandro Gertz Manero, como embajador, nos va a representar dignamente. Se habla de que será enviado a Alemania, lugar de origen de sus...

Sheinbaum se reunirá con Trump en su viaje para el sorteo del Mundial 2026

La presidenta también tendrá un encuentro con el primer ministro de Canadá, Mark Carney, donde podrían tratar temas como el T-MEC  La presidenta Claudia...

No hay razón para bloqueos en cruces internacionales: Secretaría de Gobernación

SEGOB afirmó que ya atendió planteamientos de productores sobre la nueva Ley de Aguas y mantiene mesas permanentes de diálogo El Gobierno federal...

La coordinación estatal de becas para el bienestar informó avances del operativo de entrega de tarjetas

42.12% de avance en reposiciones de tarjetas Operativos en 192 escuelas y más de 14 mil tarjetas por entregar Expansión histórica del programa...
- Advertisement -spot_img
- Advertisement -spot_img

Recientes en LJA.MX

¿La nueva Ley de Extorsión pone en riesgo las libertades informativas?

Los funcionarios públicos, por su propia naturaleza y por el cargo que ocupan, están bajo escrutinio. La crítica...
- Advertisement -spot_img

MÁS INFORMACIÓN EN LJA.MX

- Advertisement -spot_img