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viernes, diciembre 5, 2025

Así se asignan las diputaciones plurinominales en Aguascalientes para la elección de 2021

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El Congreso del Estado de Aguascalientes se compone por 27 integrantes. De estas personas, 18 se eligen por la vía de mayoría relativa, conocidas como uninominales, y 9 por representación proporcional, también llamadas plurinominales. Este mecanismo de elección busca que los partidos políticos tengan representación en la legislatura correspondiente aunque no hayan ganado su distrito, ayudando así a garantizar la pluralidad.

Este 6 de junio en 2021 se realizan elecciones para renovar al poder legislativo local, en la que se podrán emitir los votos correspondientes para elegir a la representante de cada distrito. Ganará quien tenga más votos y así obtendrá un curul en el Congreso, mientras que el resto de lugares se asignarán mediante la representación proporcional. A continuación te explicamos como funciona este mecanismo.

La elección de diputadas y diputados del Congreso local está sustentada en el Código Electoral del Estado de Aguascalientes.

El artículo 233 del mencionado Código dice lo siguiente:

III. Para distribuir las diputaciones, se utilizará la fórmula electoral siguiente:

a) Porcentaje mínimo: Lo representa del 3% de la Votación Válida Emitida

b) Cociente electoral: Se calcula dividiendo la suma de los porcentajes obtenidos con respecto a la votación válida emitida estatal por los partidos políticos con derecho a participar en la asignación deducido el 3%, entre el número de curules a repartir, y 

c) Resto Mayor: Es el remanente más alto entre los restos de las votaciones de cada partido político, una vez hecha la distribución de curules mediante cociente electoral. El resto mayor se utilizará cuando aún hubiese diputaciones por distribuir.

IV. Para la aplicación de la fórmula se aplicará el siguiente procedimiento:

a) A los partidos políticos el 3% o más de la Votación Válida Emitida, se le asignará una diputación en orden decreciente de la votación válida emitida que hayan obtenido. En caso de empate porcentual, se asignará al partido político que tenga mayor número de votos; 

b) En segundo término se asignará una diputación adicional a cada uno de los partidos que, una vez deducido el 3%, alcancen el cociente electoral, y 

C) Si aún quedaren curules por repartir, éstas se asignarán utilizando los restos mayores.

En la asignación de los curules a los partidos políticos , se deberá estar a lo establecido por el artículo 150 de este Código.

Para que un partido pueda acceder a la asignación de escaños plurinominales deberá obtener al menos 3% de los votos efectivos en la elección para el Congreso y haber registrado candidaturas en por lo menos 14 de los 18 distritos electorales estatales. Importante mencionar que quienes se hayan postulado por la vía independiente no podrán acceder a esta asignación.

La distribución de curules se hará reduciendo de la Votación Válida Emitida los votos a candidaturas independientes, a partidos que no logren el 3% mínimo y nulos.

En pocas palabras, se toman los resultados de la elección y se ordenan de mayor a menor; con base en ese orden y el porcentaje de votos obtenidos por cada partido se asignan las diputaciones por representación proporcional.

Otro punto a destacar es que si algún partido gana todos los distritos, no puede participar en este proceso. De la misma manera, ningún partido podrá tener representantes por ningún principio (uninominales o plurinominales) en el Congreso por más o menos del 8% de lo obtenido en la elección. Es decir, su aparición en la legislatura debe estar nivelada con el total de votos obtenidos.

Cabe destacar que para promover la paridad de género las postulaciones de cada partido deberán alternar una persona de cada género en sus fórmulas electorales para el principio de representación proporcional.

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