- Lo acusa de hacer proselitismo a favor de Jorge Durán
Ayer, el coordinador de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN), Jesús Martínez González, presentó formalmente ante la contraloría del municipio capitalino una denuncia de hechos en contra de Andrés Valdivia Aguilera, coordinador del programa de adultos mayores en la administración de Gabriel Arellano, por presuntas violaciones a la Legislación Penal y la Ley de Responsabilidades de los Servidores públicos.
En el documento, el legislador acusa a Valdivia Aguilera de “presentar una serie de programas de apoyo a los adultos mayores y pensionados, por los cuales se promovía a su vez la candidatura de Jorge Durán”, precandidato a la diputación por el sexto distrito de la coalición “Aliados por Aguascalientes”, que integran el Revolucionario Institucional (PRI), el Verde Ecologista (PVEM) y Nueva Alianza (PANAL), en un restaurante al norte de la ciudad.
Asegura que estos dos actores se encontraban acompañados de Gonzalo García Buenrostro, “en representación del Partido Revolucionario Institucional”.
Como pruebas, ofrece un testimonial del aspirante a panista José Luis Novales y Enrique Popoca Pérez, que forma parte de la planilla en la que se registró ante su partido, de quienes estaba acompañado cuando se suscitaron los hechos; una inspección por parte de la propia Contraloría Municipal, “en la cual se podrá verificar con los administradores y encargados del lugar el evento de proselitismo realizado en fecha 19 de marzo de 2010, las personas que participaron, así como los detalles del evento, su contenido y sus fines políticos”.
Martínez González sostiene que los actos de los que acusa al funcionario municipal son violatorios del artículo 88 de la Legislación Penal local, que establece como Atentados al Sistema de Elección Popular, entre otros, “obligar a los empleados del lugar donde desarrolla sus labores a emitir voto a favor de un partido político, coalición o candidato”, así como “condicionar la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas o la realización de obras públicas; a la emisión del voto a favor de un partido político, coalición o candidato.
Además, considera que incumplen con el artículo 70 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, que marca la obligación de “abstenerse de proporcionar apoyo o prestar algún servicio a los partidos políticos o a sus candidatos, por sí o a través de sus subordinados, usando el tiempo correspondiente a sus labores de manera ilegal”.




