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martes, febrero 3, 2026

Invita IEE a colaborar en la organización de la elección por la gubernatura

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  • La convocatoria para participar en el proceso de selección de integrantes de Consejos
  • Distritales Electorales concluye el próximo 14 de noviembre

 

En el marco de las actividades de organización del Proceso Electoral Local 2021-2022, a través del cual se celebrará la elección por la gubernatura, el Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes (IEE) emitió la convocatoria para llevar a cabo el proceso de selección y posterior integración de los Consejos Distritales Electorales.

Los Consejos Distritales Electorales son un órgano desconcentrado del IEE, con autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones. En elecciones intermedias, tienen a su cargo las tareas de organización de los comicios para la renovación del Congreso del Estado; mientras que en la elección por la gubernatura, su función se destaca por ser un órgano de apoyo del Consejo General, colaborando en tareas que se realizan de manera previa a la jornada electoral, como el armado de paquetes electorales y la entrega de los mismos a las presidencias de mesa directiva de casilla; mientras que en la jornada electoral, reciben y resguardan los paquetes electorales en las sedes correspondientes, para proceder con los cómputos el miércoles posterior al día de la elección.

La convocatoria para integrar dichos órganos fue emitida el pasado 07 de noviembre, día en que se habilitó el sistema de registro de manera virtual, a través del sitio www.ieeags.mx/distritales, mismo en que pueden ser consultados los diferentes requisitos y documentos necesarios. El plazo para manifestar la intención de participar en dicho proceso de selección es el próximo 14 de noviembre.

Entre los principales requisitos que establece la convocatoria, se encuentran: 

  1. a) Tener ciudadanía mexicana y estar en pleno goce de sus derechos políticos y civiles.
  2. b) Tener residencia mínima de tres años en el estado, al día cinco de junio de dos mil

veintidós.

  1. c) Tener reconocida honorabilidad.
  2. d) Poseer suficientes conocimientos en materia electoral para el desempeño de sus

funciones.

  1. e) No estar sujeta a ejecución de una pena corporal.
  2. f) No estar bajo resolución o sentencia ejecutoria que imponga como pena la suspensión de

los derechos o prerrogativas de las y los ciudadanos.

  1. g) Contar con inscripción en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para

votar vigente.

  1. h) No haber sido registrada a candidatura alguna a cargo de elección popular en los últimos

tres años anteriores a la designación (treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno).

  1. i) No ejercer funciones públicas en ninguno de los tres órdenes de gobierno o de

organismos públicos descentralizados, con excepción de los servicios no remunerados que

se ejerzan en asociaciones docentes, científicas, culturales, de investigación o de

beneficencia.

  1. j) No haber ocupado la dirigencia nacional, estatal o municipal de partido político en los tres

años inmediatos anteriores a la designación, ni ejercer ministerio de culto religioso.

  1. k) No contar con afiliación a algún partido político.
  2. l) No contar con inhabilitación para ejercer cargos públicos en cualquier institución pública

federal o local.

  1. m) No haber sufrido condena por el delito de violencia política contra las mujeres por razón

de género.

  1. n) No tener declaración como persona judicialmente morosa de pensión alimentaria.
  2. o) No ejercer la función electoral en activo de algún organismo electoral.

Las personas aspirantes serán sometidas a un proceso de reclutamiento que incluye una primera revisión de sus expedientes para verificación de requisitos (del 15 al 21 de noviembre); un examen de conocimientos en materia electoral (28 de noviembre), a través del cual, con base en los resultados, se emitirá un listado de personas idóneas que participarán en la etapa de entrevistas y valoración curricular (del 06 al 14 de diciembre); para finalmente conocer a quienes resultaron designadas y designados (31 de diciembre).

Dichos órganos deberán integrarse de manera paritaria y para su conformación se considerarán acciones afirmativas en favor de grupos de atención prioritaria, de tal manera que reservará 4% para las personas de la comunidad LGBTI+ y adscritas como no binarias, 4% para las personas con discapacidad permanente, 4% para las personas indígenas y 4% para las personas mayores de sesenta años que, libre y voluntariamente, se hayan adscrito en este grupo de atención prioritaria, las cuales podrán ser nombradas en cualquiera de las Presidencias, Consejerías o Secretarías Técnicas a ocupar.

 

IEE

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