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miércoles, febrero 4, 2026

¿Qué tan progresista es la Suprema Corte de Justicia mexicana? Va bien pero hay pendientes: un explicador

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación es uno de las instituciones más importantes de nuestro país. Es el máximo tribunal constitucional y la autoridad superior del Poder Judicial a nivel federal. Está conformada por 11 ministras y ministros, uno de los cuales es designado presidente por un periodo de 4 años.

Este organismo se encarga de deliberar y emitir sentencias que deben ser acatadas por el resto de los poderes Estatales y por las demás instancias de justicia. Entre sus principales funciones está la garantía del cumplimiento de la Constitución, manteniendo en años recientes una postura progresista, en favor del respeto de los derechos humanos en México.

A continuación ponemos algunos ejemplos recientes de las acciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que van en favor de una agenda progresista.

Interrupción legal del embarazo

La Suprema Corte resolvió por unanimidad en septiembre de 2021 que es inconstitucional de criminalizar el aborto de manera absoluta, luego de invalidar el artículo 196 del Código Penal de Coahuila. Esta determinó que “es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, y se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales.”

Así, llamó a que en todo el país se respete el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo, sin imponer castigos jurídicos ni perseguir a quienes por alguna u otra circunstancia interrumpen su proceso de gestación.

Infancias Trans

De la misma manera, las ministras y ministros invalidaron el artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil de Puebla, el cual determinaba que una persona debe tener 18 años cumplidos para rectificar su acta de nacimiento. Esto impedía que las personas menores trans pudieran acceder a documentos que respalden su identidad de género.

Los Ministros y Ministras sostuvieron que la norma vulneraba el derecho a la igualdad y no discriminación de las personas menores de edad trans, por lo que declararon la inconstitucionalidad de la norma impugnada por unanimidad de once votos.” Estos fueron los argumentos mediante los cuales la SCJN sostuvo su sentencia.

Matrimonio igualitario

Varias veces la SCJN ha declarado que es inconstitucional prohibir o interponer obstáculos para que las personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio. Si bien en todo el país se ha ordenado a los juzgados civiles que permitan la celebración de este tipo de contrato de forma igualitaria, no en todos los estados las leyes locales lo facilitan.

Al invalidar diversos artículos de la Ley de Seguridad y Servicios Sociales para los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes, el pleno declaró que “todas las normas del orden jurídico del Estado de Aguascalientes, que regulan el matrimonio y el concubinato deberán interpretarse y aplicarse en el sentido de que corresponden a los que se susciten entre dos personas de diferente o del mismo sexo.”

Igualdad de género

En numerosas ocasiones este tribunal ha deliberado en favor de la igualdad de género, teniendo en cuenta los principios de perspectiva de género y no discriminación. En 2018 resolvió un amparo promovido por un hombre viudo a quien le fue negada una pensión por no cumplir requisitos adicionales a los que se les piden a las mujeres.

Al emitir sentencia en su favor, mencionaron que este trato diferenciado constituía un hecho de discriminación de género. “La Segunda Sala estableció que la disposición reclamada otorga un trato diferenciado, tratándose si es varón o mujer, pues condiciona el otorgamiento de la pensión de viudez a que el viudo acredite su total incapacidad y su dependencia económica respecto de la trabajadora asegurada fallecida, mientras que no lo hace en relación con la mujer cuando es el hombre quien muere“.

Estos son solo algunos ejemplos de casos y sentencias que ha emitido la SCJN que reflejan un discurso y sentido jurisdiccional progresista, a favor de la inclusión, igualdad y respeto a los derechos humanos de todas las personas en México.

No obstante, aún quedan algunos asuntos pendientes sobre los cuales este órgano jurisdiccional aún no se posiciona. Específicamente, le queda por revisar la validez constitucional de asuntos relevantes para las y los habitantes de México en la actualidad, que se relacionan de forma directa con la protección de los derechos fundamentales.

Entre estos asuntos está la inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa y un pronunciamiento sobre la excesiva militarización que el gobierno federal actual está imponiendo en nuestro país. La labor de la SCJN es de suma relevancia para que las instituciones Estatales funcionen adecuadamente.

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