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viernes, diciembre 5, 2025

Delitos sexuales contra menores de edad no prescribirán

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  • El hecho será imprescriptible cuando encuadren en los tipos penales de pornografía infantil o de incapaces, violación o violación equiparada
  • De igual manera, avalaron modificaciones al marco legal para elevar el castigo por el delito de atentado a la salud pública

 

 

Con la firme intención de proteger el interés superior de la niñez y su integridad física y psicológica, la Comisión de Justicia que preside el diputado Adán Valdivia avaló el dictamen que reforma los artículos 87 y 88 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, con el objeto de establecer que los delitos sexuales en contra de menores de edad sean imprescriptibles.

De acuerdo con la iniciativa, que formuló el legislador Valdivia, se estipula que el hecho no caducará cuando encuadre en los tipos penales de pornografía infantil o de incapaces, violación o violación equiparada.

Cabe mencionar que al culpable del delito de violación equiparada, se le aplican entre 12 y 18 años de cárcel, más el pago total de la reparación del daño.

En este sentido, el promotor de la reforma penal, Adán Valdivia, subrayó que esta iniciativa surgió de la alarmante cifra de casos de abuso sexual infantil que se registró en la entidad durante el período de confinamiento a causa de la pandemia y a la facilidad con que los culpables de estos ilícitos podían huir de la ciudad o del país, esperando que el hecho prescribiera. El legislador urgió a proteger un núcleo social tan importante como es la familia.

Al respecto, la diputada Nancy Gutiérrez, vocal de la Comisión de Justicia, añadió que de acuerdo con cifras oficiales, “en Aguascalientes el 80 por ciento de este tipo de hechos se da en los hogares”, por los que celebró que este tipo de iniciativas vayan hacia adelante y salvaguardar así la integridad de las y los menores de edad.

El legislador Juan Pablo Diosdado expresó también su beneplácito por esta reforma que toma en cuenta el interés superior de la niñez y el de Tratados Internacionales, tras revelar que en la legislación actual, este delito prescribe en un plazo no mayor a tres años, por lo que coincidió con la modificación.

A su vez, el representante popular Cuauhtémoc Escobedo avaló la iniciativa al tiempo que enfatizó que este tipo de reformas penales, y más tratándose de la niñez, deben ir siempre adelante, aun cuando las estadísticas o el número de casos fueran bajos, pues es “nuestro deber constitucional y ético, velar por los derechos de niñas, niños y adolescentes”.

En el mismo sentido, el diputado Max Ramírez se pronunció por la afirmativa a este dictamen, al considerarlo prioritario en la agenda de protección de los derechos humanos.

También avalaron por unanimidad el documento que resuelve la iniciativa de reforma al artículo 193 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, que propuso la diputada Jetsy Sánchez, encaminada a elevar la pena de 4 a 8 años de prisión, a quienes cometan el delito de atentado contra la salud pública.

En la exposición de motivos se argumenta que este castigo debe estar en concordancia con el que establece la Ley Federal de Sanidad Animal, al castigar los incumplimientos sanitarios en la disposición y distribución de alimentos de consumo humano.

 

Congreso del Estado 

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