La denuncia por hostigamiento sexual y laboral contra Quintín Antar Dovarganes Escandón, consejero del Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz, ha abierto una grieta en el Instituto Nacional Electoral (INE), donde la interpretación de pruebas, la aplicación de perspectiva de género y la protección institucional colisionaron públicamente.
La historia comienza en abril de 2024, cuando una trabajadora del área de Comunicación Social del OPLE, contratada desde septiembre de 2022, acusa al consejero Dovarganes de insinuaciones sexuales durante un encuentro informal en un bar de Xalapa. Al día siguiente, el acoso habría continuado en su oficina. Tras rechazar sus propuestas, la denunciante afirma haber sufrido hostigamiento laboral mediante quejas sistemáticas que buscaban desacreditar su desempeño profesional. La funcionaria se defendió ante la presidencia del OPLE y advirtió que presentaría una queja formal.
Dovarganes negó los hechos y presentó un contradossier: croquis de las oficinas, testimonios de asesores y conversaciones de WhatsApp en las que supuestamente demostraba que su relación con la trabajadora era estrictamente laboral. Con base en estas pruebas, se formuló un proyecto para declarar infundado el procedimiento de remoción del consejero. Sin embargo, el Consejo General del INE no lo respaldó.
En una votación dividida, siete consejerías (cinco mujeres y dos hombres) rechazaron ese proyecto. Entre los votos clave estuvieron los de Dania Ravel, Claudia Zavala, Carla Humphrey y Rita Bell López, quienes argumentaron que el análisis inicial carecía de perspectiva de género y que se había revertido la carga de la prueba, exigiendo a la víctima evidencia casi imposible de obtener en contextos de acoso.
La presidenta del INE, Guadalupe Taddei, votó a favor de exonerar al consejero, junto con Norma Irene de la Cruz, Jorge Montaño y Uc-kib Espadas. Sus argumentos se centraron en la supuesta insuficiencia probatoria, lo que encendió críticas internas. Humphrey calificó el proyecto como pobre en argumentos y carente de seriedad jurídica. Ravel fue contundente al señalar la paradoja: “¿Cómo se puede tener una prueba plena de un acto que ocurre a escondidas?”, cuestionó, subrayando la necesidad de un enfoque que no exija a las víctimas pruebas imposibles como grabaciones secretas.
El Consejo General del INE decidió entonces continuar con la investigación, cuyo desenlace deberá darse antes de junio, cuando vence el cargo del consejero denunciado. Las consejeras han exigido que se respeten los tiempos y se evite la impunidad institucional disfrazada de formalismo.
Este caso no solo expone el relato de una presunta víctima y la defensa de un funcionario; también revela cómo dentro del INE coexisten —y confrontan— dos visiones sobre el abordaje de la violencia de género. La pregunta de fondo no es solo jurídica, sino política: ¿hasta qué punto una institución que organiza elecciones puede garantizar justicia para las mujeres dentro de sus propios organismos?




