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miércoles, febrero 4, 2026

Rechaza delegación del INAH imputaciones de Odisea

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  • No se han construido estacionamientos públicos sobre monumentos históricos
  • La asociación no puede ostentarse como guardiana del patrimonio cultural

Este jueves la asociación civil Odisea, por conducto de su presidenta María Orellana Gómez, dijo a la prensa haber levantado una denuncia contra la delegación del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), o contra quien resulte responsable, por no atender una finca del siglo XVIII localizada en el corredor de la Alameda capitalina. Señaló también que ante el desinterés de la dependencia, 15 edificios con valor histórico habían sido demolidos para construir estacionamientos.

Ayer, dada la ausencia de Daniel Orozco Sánchez, encargado de despacho, personal de la delegación salió para “desmentir” dichas acusaciones.

El arquitecto Arturo Sánchez declaró que “no tenemos ni idea de cuántos estacionamientos se han hecho en el centro de la ciudad, lo que sí puedo decir es que lo que a mí me consta que hemos dado [en cuanto a permisos de construcción] no han sido monumentos históricos”.

Así, expuso que el INAH cataloga como edificios históricos sólo a aquellos levantados entre los siglos XVI y XIX.

Tras señalar que en la capital hay 490 edificaciones con estas características, Sánchez refirió que la delegación se limita a sugerir a sus propietarios métodos de remodelación y mantenimiento.

Cuando las casas a demoler, cuya edad no puede superar los 100 años, se encuentran dentro del primer cuadro o en barrios típicos como el de El Encino o San Marcos, añadió, sí se exige que la fachada quede a tono con las de la zona.

Por su parte, Carlos Medina Pérez, asesor jurídico, señaló que la delegación no ha recibido denuncia alguna firmada por la autoridad judicial, y que no se cuenta ni con facultades ni con presupuesto para mantenimiento de fincas.

De igual forma, mencionó que Odisea, quien se ostenta como vigía de monumentos históricos, no ha solicitado al INAH el permiso para hacerlo.

“Si están trabajando sin autorización del Instituto están incurriendo en una ilegalidad… Podemos llegar incluso a sanciones de tipo penal. El Artículo 52 de la Ley [Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas] establece que al que por cualquier medio dañe o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de uno a 10 años y multa por el daño producido”.

Los órganos coadyuvantes debidamente acreditados, dijo, podrían participar en labores educativas y de promoción, además de denunciar cualquier obra no autorizada por el propio INAH.

Foto: Roberto Guerra

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