- Las mujeres serían dueñas de su cuerpo “de manera condicionada”: Zamarripa Delgado
- La reforma no responde a un conflicto social, sino a la sintonía con otras legislaciones
Las comisiones unidas de la Familia y de Gobernación y Puntos Constitucionales, de Congreso del Estado, dieron su aval al dictamen de la reforma al Artículo 2 de la Constitución local. Se prevé que la propuesta sea sometida a votación del Pleno este lunes 29 de julio; de ser aprobada entraría en vigor el texto siguiente:
“Esta Constitución protege plenamente los derechos humanos y las garantías individuales consagradas en la Constitución Federal, sus leyes y sus tratados internacionales. El estado de Aguascalientes reconoce, protege, y garantiza la vida de todo ser humano desde el momento de la concepción; salvo las exclusiones que establece la normatividad penal”.
Bajo estos términos el aborto sería motivo de sanción judicial, excepto en casos de violación sexual y cuando la vida de la madre se encuentre en riesgo.
En entrevista Gregorio Zamarripa Delgado, presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, reconoció que la reforma no estuvo motivada por un conflicto de índole social, sino por un afán de emparentar la legislación estatal con la nacional y la internacional, a través de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
En Aguascalientes, dijo, según los informes oficiales hoy no hay mujeres presas bajo cargos por interrumpir un embarazo.
“Ya no hablamos de derechos humanos en el contexto fronterizo mexicano, hablamos de un derecho internacional. A partir de allí vino la reforma a la Constitución, vino la reforma a la Ley de Amparo, cualquiera puede impugnar esta reforma que el día de hoy se está proponiendo al Pleno sea aprobada, por ende se amplía el espectro de los derechos humanos… Tenemos que plasmar muy bien los derechos de ambos seres, para esta legislatura la concepción es la igualdad de esos seres humanos”.
Mencionó que el Poder Legislativo no dotó al embrión con personalidad jurídica para evitar caer en actos de anticonstitucionalidad, tal como ocurriera en Baja California.
Las salvedades para solicitar un aborto, añadió, abandonaron su calidad de artículo transitorio y pasaron al cuerpo de la reforma, con objeto de que en un futuro no fueran desechadas.
“En una interpretación que llegase a la corte iban a decir: los transitorios no tienen validez. Decidimos subirlo al texto de la Constitución para que desde allí esté un mandato y una prohibición. Una norma jurídica tiene un mandato, una conducta a realizar o no realizar, y la sanción correspondiente”.
-¿En términos llanos sigue penalizado el aborto?
-Así es, en términos llanos.
-¿Las mujeres son dueñas de su cuerpo?
-Las mujeres siguen siendo dueñas de su cuerpo de manera condicionada.
En los considerandos de la reforma se alude al “principio pro homine”, aterrizado en la carta magna el 10 de junio de 2011.
Dicho concepto “consiste en ponderar ante todo la fundamentalidad de los derechos humanos, a efecto de estar siempre a favor del hombre, lo que implica que debe acudirse a la norma más amplia o a la interpretación extensiva cuando se trate de derechos protegidos”.
Gregorio Zamarripa apuntó que Aguascalientes es el primer estado en legislar sobre la materia después de llevar a cabo la modificación constitucional de 2011.
Baja California, Chiapas, Chihuahua, Jalisco, Morelos, Oaxaca, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas y Yucatán actualmente protegen a nivel constitucional el derecho a la vida desde la concepción.
Foto: Roberto Guerra




