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viernes, diciembre 5, 2025

Enredos Financieros / Los puntos finos de la ley propuesta para el Impuesto Sobre La Renta

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Estimado lector, la semana pasada quizá te alarmaste después de ver el escenario que es muy probable que vaya a ocurrir para principios del 2014, pero eso no implica que tengamos que irnos al pesimismo a ultranza, ni a la desesperanza. Desde que tengo uso de razón, he oído que estamos en crisis, no sólo eso, nos hemos quejado de todos los presidentes que se han tenido, desde los muuuy malos como Echeverría, Fox y compañía, pasando por los grises como Miguel de la Madrid y hasta de los buenos presidentes como Zedillo y Calderón, así que más que caer en el pesimismo te invito lector a que te prepares con las oportunidades que se presentarán y que muchos por estar en el pesimismo no lograrán ver.

Una vez  comentado lo anterior, vamos a ver los puntos finos de la propuesta que está por ser aprobada de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

  1. El impuesto para las empresas es del 30%, mientras que para las personas físicas será escalable de acuerdo al monto de sus ingresos. Me parece que esto, más que pensar en una “reforma social” es inequitativo totalmente, no es posible que se le pegue a los cautivos y a los que no pueden deducir casi nada, es decir a ellos sí les está cobrando de forma agresiva.
  2. El pago de impuesto de los dividendos. Una vez que sobraba DESPUÉS de impuestos un remanente para los accionistas se le podía repartir el dinero. Ahora tendrá que pagar impuestos sobre ese remanente que YA tiene impuestos deducidos. ¿Parece lógico? No, pero ni hablar, ahora veremos cómo van a decaer los repartos de los dividendos.
  3. La eliminación de los Repecos y de los regímenes especiales y la posibilidad de tributar de manera “transitoria” por al menos un año en un régimen que les dará la posibilidad de ponerse en la posibilidad de hacer las cosas en el régimen general. Esto llevará a muchos problemas para empresas que tradicionalmente han pagado una cuota fija de impuestos no porque se les estuviera dando una “preferencia”, sino porque como todos los negocios, cuando se arranca el mismo un régimen general llevaría a cerrar el mismo.
  4. El cobro de impuestos a la ganancia en la bolsa de valores. Esto nunca estuvo regulado y aunque hay voces que nos dicen que eso llevará  a que los capitales huyan del país anticipadamente y que la bolsa caiga, la realidad es que la bolsa de valores mexicana es una de las más pequeñas del mundo, no es posible que  sólo haya cerca de 100 empresas cotizando en bolsa contra las más de 300 de la bolsa de Brasil por ejemplo. Además, esto fue derivado de las evasiones legales que se dieron por la venta de las empresas que cotizaban en Bolsa, donde los dueños de las acciones simple y sencillamente no pagaron absolutamente nada por ventas de millones de dólares, como lo hizo Harp Helú con la venta de Banamex y recientemente María Aramburuzabala con la venta de Grupo Modelo (por cierto, ahora se está dedicando a la educación y está comprando varias Universidades, entre ellas se rumora, La Concordia), por lo que tiene su lógica el cobro de impuestos a estas transacciones como en todo el mundo se hace, de hecho eso hará que la bolsa tenga capitales más estables por un lado y que se profesionalice la misma.
  5. La eliminación del IETU no significa pérdida para el gobierno. Es por eso que se quitaron algunas deducciones (sobre todo las personales a todos los asalariados o personas físicas con actividad empresarial o profesional, que sólo pueden ser hasta el 10% del total de ingresos) y se elevó por otro lado el porcentaje de impuestos. Esto significa que la eliminación del IETU no cargarán con ella las empresas sino más bien todas las personas físicas es decir, la clase media. ¿Por qué la clase media? Basta recordar cómo evolucionan las empresas y siempre empiezan con el régimen fiscal de persona física de una forma u otra. Hasta que después de mucho tiempo y esfuerzo se dan cuenta que sobrevivieron, es cuando crean una empresa y es entonces que se van al régimen de personas morales. ¿Dónde quedó el trasfondo social de sus propuestas?
  6. La eliminación del IDE por un lado, significa que ya no se le retendrá a las personas el 3% sobre lo que deposite en efectivo. Pero eso no significará que no se le reporte a SHCP ya que existe el artículo de la ley del ISR que obliga a los bancos a declarar y dar al SAT los nombres de los contribuyentes que depositen en efectivo. Esto es correcto ya que se evitará que los informales sigan utilizando el sistema financiero de forma normal, si lo quieren utilizar, tendrán que pagar impuestos.

Esto es lo que cambia de la ley del ISR, que se dice fácil pero conllevará mayores retos a los empresarios, así que lectores compañeros en el emprendedurismo, ADELANTE, no nos detendrá esta u otras reformas hacendarias.

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