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viernes, diciembre 5, 2025

Comisión de Vigilancia puede y debe pedir auditoría para el IEA

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  • La Ley Orgánica obliga a la intervención de los diputados
  • El tema es de urgencia, “no estamos limitados”, dice Márquez Alvarado

 

Martha Márquez Alvarado, vocal de la Comisión de Vigilancia, insistió en que éste órgano del Poder Legislativo si posee facultades para promover una auditoría sobre el Instituto de Educación de Aguascalientes (IEA), como ha manejado parte del magisterio inconforme por pagos incompletos y descuentos presuntamente injustificados.

Eduardo Rocha Álvarez, presidente de la misma comisión, ha aseverado que el trámite no puede ocurrir debido a que el periodo de revisiones, en manos del Órgano Superior de Fiscalización (OSF), no comienza sino hasta dentro de algunas semanas.

“Vamos a hacerlo hasta la cuenta pública como lo marca la ley, en marzo en que empiezan las revisiones; es un trabajo técnico, más que político, trabajo del que aún no tenemos conocimiento”.

A todo esto la panista reviró y dijo: “La Ley Orgánica de Congreso del Estado establece que los presidentes de cada comisión tendrán facultad para conocer cualquier tema de interés de la comisión, y también de pedir la información que sea necesaria a los titulares de las dependencias”.

–Eduardo Rocha dice que hay que esperar hasta marzo.

–El presidente de la comisión está facultado para conocer temas que sean de interés o de urgencia. Si el tema es urgente el Congreso está facultado para pedir puntos de acuerdo, me parece que este tema es urgente, no estamos limitados.

–¿Rocha está facultado y obligado?

–Claro, si no pregúntale a cualquier ciudadano. El Legislativo debe ser ese equilibrio ante el Ejecutivo. ¿Por qué no revisar esos temas? Cuando implican manejo de recursos públicos, le competen a la Comisión de Vigilancia.

El artículo 15 de la citada Ley Orgánica, en diversos incisos, manifiesta que “son derechos de los diputados… gestionar ante las autoridades competentes la atención de las demandas de sus representados… Orientar a los ciudadanos del Estado acerca de los medios jurídicos y administrativos tendientes a hacer efectivos sus derechos individuales y sociales”.

“Durante el ejercicio Constitucional de la Legislatura -dice el artículo 17-, los Diputados solo podrán excusarse del cumplimiento de sus obligaciones por caso fortuito o fuerza mayor, así como por motivo o justificación grave así calificado por el Pleno, so pena de ser sancionados en términos de la Constitución Política del Estado y de esta propia Ley”.

Martha Márquez anotó que la bancada de Acción Nacional abordará el asunto en el transcurso de la siguiente sesión legislativa, programada para el jueves.

 

Foto: Gerardo González

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