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martes, febrero 10, 2026

Celebra Nora Ruvalcaba reforma a ley de amparo, en apoyo a las mujeres

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  •  Ahora podrán los ciudadanos recurrir ante la SCJN para poder ampararse
  •  Beneficiará la defensa de los derechos de la mujer con respecto al aborto, señala

Las reformas a cinco artículos de la Constitución federal en materia de amparo aprobadas el pasado jueves por el senado de la República, socializarán este recurso y permitirán la defensa de los derechos de las mujeres en materia de aborto, señaló la legisladora local por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), Nora Ruvalcaba Gámez, quien celebró el hecho e insistió en que las comisiones de derechos humanos, tanto a nivel federal como las estatales, deben desaparecer por obsoletas.
Ruvalcaba Gámez indicó que al modificarse los artículos 94, 100, 103, 107 y 112 Constitucionales, no sólo se eliminó el principio de “relatividad de la sentencia”, que protegía únicamente a quien solicitaba el amparo, sino que “también puedes recurrir ya a la corte mediante el amparo por la acción de un acuerdo internacional que haya signado nuestro país y que se esté violentando”.
En ese sentido, ejemplificó con el acuerdo que México firmó para proteger los derechos humanos, en uno de cuyos siete pactos está el de la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer: “hay una observación que se le hace a nuestro país, indicó, concretamente la 33 y la 34, en la que se le dice que no solamente le sigue preocupando al comité que el mayor índice de muerte por maternidad sea el del aborto, sino que en este país no existan lugares seguros para que pueda existir el aborto”.
Explicó que a partir de esta reforma podrán ampararse no sólo las mujeres afectadas; es decir, aquella que haya abortado o vaya a abortar, sino cualquier mujer “porque una determinada ley está contraviniendo un acuerdo internacional y puede proteger contra esa reforma y contra esa ley, a todos los mexicanos”.
Profundizó al hablar de la vulgarización o socialización del derecho al evaluar que, antes de la reforma, la Suprema Corte de Justicia estaba “limitada a que la persona agraviada era la que podía solicitar la protección de la justicia federal (…)” y quienes recurrían al amparo eran aquellos que tenían conocimiento de que se les estaban violentando derechos constitucionales y además contaban con los recursos para contratar un abogado, mientras que “si la persona no sabe porqué no hay una socialización o vulgarización del derecho (que sea accesible a todos los ciudadanos), pues no iban a pensar en defenderse”.
La perredista expresó su beneplácito ante esta reforma que calificó de “sustancial” y de “alcances inimaginables”, pues vio que generará también una protección más efectiva a los derechos humanos de los mexicanos, “sobre todo, cuando hablábamos de (…) organismos que no sirven a los derechos humanos, sino que pareciera que están de parapeto para legitimar las violaciones a los derechos humanos” tanto en lo local como en lo federal.
Reiteró el planteamiento de la desaparición de estas comisiones que hiciera durante la sesión plenaria del 27 de noviembre pasado, en la que, por 19 votos a favor y 8 en contra el Congreso ratificó a Omar Williams López Ovalle al frente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, aún después de varias manifestaciones y expresiones en contra, vertidas por las Organizaciones de la Sociedad Civil. En dicha sesión, Ruvalcaba Gámez planteó a los legisladores locales y federales “dar trámite a la iniciativa de reforma a la ley de amparo”.
Consideró que, de extinguirse estas instituciones, los recursos que actualmente se les destinan “bien pudieran canalizarse para socializar el derecho, para que sepa la persona, para que existan campañas de concientización de los derechos humanos, de las instancias y de las figuras que tenemos a nuestro alcance para poder exigir que se cumpla no sólo la ley, sino lo acuerdos internacionales”.
Las modificaciones constitucionales implican que cuando se forme jurisprudencia por tres resoluciones consecutivas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la ley sea derogada, dando al Congreso de la Unión un plazo de 90 días para hacer las modificaciones necesarias.

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