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miércoles, febrero 11, 2026

Se desmarcan magistrados

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La disposición o utilización de recursos públicos en campañas electorales por parte de quienes actualmente funjan como servidores públicos y aspiren a alguna candidatura en la elección de 2010 en el estado es una situación “que no debe suceder” y que, en su caso, deberá sancionar la autoridad correspondiente; es decir, el Instituto Estatal Electoral (IEE).

 

Así lo consideró ayer el magistrado presidente del Tribunal Local Electoral (TLE), Rigoberto Alonso Delgado, en entrevista telefónica con La Jornada Aguascalientes, tras pedírsele opinión con respecto a la expresión de desacuerdo que la Asociación Profesionales por México (AMP) emitiera ayer con respecto de la fecha de separación del cargo de servidor público fijada por esta autoridad el domingo pasado.

 

Alonso Delgado reiteró que la sentencia del toca electoral 01/2009 se tomó privilegiando lo establecido en la Constitución local “que es la ley máxima en el estado y que de ahí deriva el Código electoral porque es una ley que reglamenta la Constitución”.

Comentó también que el 5 de abril de 2010 es una fecha que “está fijada simplemente para la separación del cargo” y que “creo yo que nada tiene qué ver con la cuestión de la disposición de recursos porque es obvio que no se debe de hacer”.

Señaló que luego de que el TLE diera cumplimiento el domingo pasado a la sentencia que éste organismo emitió a principios de mes, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) fue notificado ese mismo día mediante fax y vía paquetería el lunes, teniendo pendiente la tarea de revisar la sentencia: “el Trife va a tener que verificar si nosotros cumplimos bien o no” la resolución que dictó del asunto SUP-JDC-3052/2009.

Finalmente, puntualizó que dependiendo de lo que el Trife diga al respecto, “todas las personas que recurrieron en la anterior sentencia y que están al pendiente de este cumplimiento, podrían ver si están conformes con ello o acudir al IFE y pedirle que, si estiman que no es correcta, pues que se haga de nuevo”.

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