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viernes, diciembre 5, 2025

Conciencia, fundamento de la libertad / Opciones y Decisiones

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De internis necque Ecclesia (del fuero interno, ni la Iglesia…). Es un concepto trazado desde la máxima consideración teológica y moral de la Iglesia Católica, para significar que la intimidad de la conciencia humana es inviolable o intransgredible, por consistir en el núcleo más íntimo de libertad intelectual y espiritual de la persona ante la Trascendencia, o mejor, delante del que es Absolutamente Trascendente. Por ello constituye uno de los principios generalísimos de la Moral.

Es de tal manera importante en el juicio moral que, incluso, ni el sacramento de la Penitencia justifica su obligada revelación al confesor, si el penitente decide reservar determinados contenidos de su conciencia personal que considere absolutamente privados. Habitualmente se interpone la excusa de exponer detalles de tiempo, espacio, circunstancias, acompañantes o colaboradores en el acto pecaminoso, pero esto obedece a un enfoque del acto confesional, que yo llamaría “topográfico” o innecesariamente descriptivo de la persona humana y su conducta vista como un escenario puramente físico o fisiológico, especialmente dicho sea en materia de sexualidad, lo que en realidad es una visión reduccionista de los actos humanos; respecto de los cuales importa más concebir y entender su motivación de fondo, su conocimiento de causa, su intencionalidad, la carga emocional o pasional involucrada en su desencadenamiento. La inducción del miedo y amenazas punitivas del orden que sean, para ingresar en la intimidad personal si ésta lo considera una intención transgresora, son inadmisibles de parte del confesor.

Tan importante es este núcleo de intimidad, que San Agustín lo definió como “intimo meo”, por ser el punto más profundo y sagrado de encuentro con la persona misma de la Divinidad, incluso el lenguaje canónico se refiere se refiere a él como “forum Dei” (fuero de Dios); la gran mística de no importa qué  confesión religiosa sea, coincide con este punto auténticamente trascendental del ser humano, en cuanto humano. Por tal razón es que constituye el principio ontológico, noético y antropológico de la libertad de la persona humana. Calidad metafísica que le da el poder de aceptar o negar su relación trascendental con Dios. En pocas palabras, puedo afirmar o negar mi apertura o rechazo personal al que es Trascendente.

El trepidante anuncio urbi et orbi que el pasado lunes 11 de febrero pronunció el Papa Benedicto XVI revelando su renuncia al pontificado, aún no cesa su onda de choque, no tan sólo al conjunto de la cristiandad, sino a nivel global del planeta, debido a la seriedad y profundidad de su decisión personal. Asunto que sin duda causó extrañeza y aun cuestionamiento de parte de muchos comunicadores y analistas, incluidos colaboradores de estas mismas páginas.

Y la razón de fondo no es para menos. La misma estructura dogmática y jerárquica de la Iglesia Católica prevé en su Derecho Canónico y normatividad constitucional que: “El Romano Pontífice es sujeto, en su función (cfr. Canon 331), de la plena y suprema potestad de santificar, enseñar y gobernar, que recibe directamente de Cristo” (entiéndase aquí referencia a los cánones de 1983).

En donde la función (munus-eris) de gobernar incluye la que se suele llamar potestad de régimen o potestad de jurisdicción. Nota importante por implicar la potestad sagrada que determina la investidura del sacerdocio ministerial, cuya naturaleza es imprimir un carácter indeleble debido a que es conferido por autoridad misma de Jesús Cristo –Sumo Sacerdote-, “Tu es sacerdos in aeternum secundum ordinem Melchizedek” (“Tú eres sacerdote para siempre… Salmo 110, v4). Sacerdocio que en el caso de los obispos adquiere su plenitud, porque comprende además las funciones de santificar, enseñar y gobernar; funciones que se ejercen en comunión con la cabeza del colegio episcopal, que es el Romano Pontífice, de cuyo poder a su vez reciben ellos su misión canónica.

El Papa Benedicto XVI –en pleno conocimiento y adhesión a lo que la Iglesia reconoce como “la acción misteriosa de Dios en el fondo de la conciencia humana (forum Dei)”- invocó, en su mensaje de renuncia, de manera explícita, este fundamento de la intimidad personal: “Después de haber analizado repetidamente mi conciencia delante de Dios, estoy cierto que mis fuerzas, por la edad avanzada, no son las más aptas para ejercitar en modo adecuado el ministerio de Pedro”.

“Conscientia mea iterbat iter coram Deum explorata… Habiendo examinado reiteradas veces mi conciencia frente a Dios”, expresa el extremo cuidado con que reflexionó esta delicada opción que habría de tomar; y deja claramente por sentado que su decisión la asume con plena libertad. Esta resolución es imbatible desde el punto de vista moral, pero también corta de tajo cualquier especulación de haber sido influido por alguien, desde fuera de su intimidad personal.

Lo que nos deja como lección ética, aplicable a nuestros actos personales tomados en la intimidad de nuestra conciencia y libertad personal, el principio generalísimo de la dignidad de la persona humana, incluso frente a responsabilidades sociales o comunitarias del más alto nivel. También en el orden político, en el caso presente como Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, el Papa Benedicto XVI ha demostrado que una conciencia recta y sincera es preferible a continuar con un cargo que, en la condición y circunstancia actual rebasa su capacidad individual. No olvidemos aquel apotegma del filósofo Ortega y Gasset: “yo soy yo y mi circunstancia”.

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