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viernes, diciembre 5, 2025

Sobre la fiscalización de los recursos de los partidos políticos

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  • A diferencia de otros estados, en Aguascalientes la fiscalización se encuentra licitada: Fernando Landeros
  • Cada inicio de ejercicio fiscal se presenta una convocatoria para concurso de empresas que realizarán la licitación para las auditorías

 

La fiscalización es un mecanismo de control mediante el cual se da cuenta de la utilización de los recursos que reciben los partidos políticos y cómo lo distribuyen entre sus diversas actividades. Una vez que concluye la jornada electoral tal como lo establece el Código Electoral, la fiscalización del periodo de campaña se lleva a cabo por parte del Organismo de Fiscalización del Instituto Estatal Electoral (IEE), por tratarse de una elección local.

Según Fernando Landeros Ortiz, consejero electoral del IEE, el caso de Aguascalientes es peculiar, debido a que la fiscalización la realiza una empresa privada a manera de licitación, ya que un ente externo al proceso político puede darle  mayor objetividad, además de que el IEE no cuenta con la capacidad operativa para realizar las auditorías a todos los partidos políticos.

Respecto al fenómeno de la fiscalización, explicó que cada año fiscal se realiza una convocatoria en la que se invita a las empresas a participar como auditoras de los partidos y las asociaciones políticas; detalló que existen dos maneras de fiscalizar: la correspondiente a un periodo no electoral en el que únicamente se presentan informes trimestrales del gasto corriente de los partidos, en los que éstos deben presentar la fundamentación correspondiente al origen, uso y destino de los recursos con los que cuenta, y por otro lado lo que guarda relación con un año de proceso electoral donde “se lleva un procedimiento de doble auditoría; por un lado la anual de gasto ordinario y por otro la del presupuesto para precampañas y campañas”.

Para definir los recursos con los que cuentan los partidos especificó:

“Los recursos que reciben los partidos pueden ser públicos en los que se encuentra el presupuesto, privados de los que se extraen las aportaciones de los militantes, o bien de autofinanciamiento; concerniente a actividades realizadas mediante las cuales obtuvieron una remuneración”.

En el caso del casi finado proceso electoral, sólo se ha presentado la fiscalización correspondiente a las precampañas, en la que únicamente se ha amonestado al partido Movimiento Ciudadano.

Con referencia al periodo de campañas, se sabe tal y como lo marca la ley electoral que una vez concluido el día de la jornada electoral, los partidos cuentan con 30 días para presentar sus informes de campaña al Organismo de Fiscalización, independiente al informe trimestral. Posteriormente “el Organismo de Fiscalización contará con 60 días para revisar los informes anuales y de precampaña, y con 90 días para revisar los informes de campaña, después tendrá 10 días para informar de errores a los partidos; los partidos tendrán cinco días para subsanar errores, finalmente dispondrá de 15 días para elaboración del dictamen ante el Consejo General”.

Se estima que el dictamen podría presentarse en el mes de diciembre, para lo cual el Consejo General cuenta con 15 días más para emitir una resolución o en su caso sancionar alguna irregularidad.

 

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