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martes, diciembre 16, 2025

La paridad de género en materia electoral no significa un favor, sino un progreso de la política pública

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  • Mentira que no existan mujeres para cargos públicos, lo que falta es apertura en los partidos políticos

Durante las reformas elaboradas a nivel federal en el mes de febrero, el tema de la paridad de género se discutió fuertemente pues en un inicio sólo se pretendía incluir en un Código, sin embargo el diálogo y el debate entre los legisladores federales lograron que en el artículo 41 constitucional se aplicara tal disposición.

Con base en ello, en Aguascalientes los integrantes del Partido Acción Nacional, Movimiento Ciudadano y del Partido Verde Ecologista trabajaron de manera interna una iniciativa para que en la homologación de la reforma federal se discutiera el tema a nivel local; en mayo del 2013 Anayeli Muñoz Moreno presentó una iniciativa para reformar el artículo 12 constitucional, donde además de plasmar como obligación de los partidos políticos el sentido de la paridad en sus candidaturas, se destacaba como un derecho de las ciudadanas.

Situación que fue aprobada el pasado miércoles en la sesión ordinaria, “esto no debe ser una concesión sino un reconocimiento al derecho que nosotras tenemos como mujeres”, aunque la diputada celebró el consenso y apertura de los hombres en el tema, lamentó tener que recurrir a la obligatoriedad para que los partidos políticos den las mismas oportunidades a hombres y mujeres.

Ahora se obliga a que la propietaria y la suplente o propietario y el suplente sean del mismo género o para evitar que las instituciones políticas presionen a que llegue una mujer al cargo pero después se quede un hombre en él, ya que ahí no se estaría avanzando en el tema de la paridad. En el artículo 12 quedó ya plasmado como un derecho de las ciudadanas y obligación también de los partidos políticos, no solamente en las diputaciones locales sino también que se procure en los ayuntamientos, siendo el primer estado a nivel nacional en aplicarlo ya que el artículo 41 de la Ley Federal marca paridad obligatoria en el Congreso de la Unión, más no en ayuntamientos.

En municipios se determinó procurar equidad para cabildo, regidores, síndico y alcaldía; en ocasiones cuando hay números impares o pares de los diputados dependiendo del número de ayuntamientos se busca que se procure, pero en los cabildos también deberán llevar en las fórmulas la paridad de género que lo encabece un hombre o una mujer, esto debido a que en múltiples ocasiones se ha observado que en los cabildos solamente hay una, dos o nula participación de las mujeres, todo esto será aplicado a partir del próximo proceso electoral.

En su opinión, son totalmente falsas las declaraciones que muchos actores políticos dicen sobre la insuficiencia en número de mujeres para ocupar los cargos públicos; el conflicto en muchos casos es el desinterés y la poca motivación que pudieran tener las mujeres al interior de los partidos, causado porque históricamente se ha rezagado y relegado a las mujeres, “siempre ha pasado que si tú como mujer llegas a un partido político, de antemano sabes que va a haber puertas cerradas y que no va a haber participación ni opinión de tu parte”, por lo tanto se desmotivan y ya no buscan participar, esto ahora será transformado por obligación pero se espera que conforme pase el tiempo se haga costumbre.

La legisladora se atrevió a asegurar que la situación es contraria pues a nivel nacional son más mujeres interesadas en la políticas que varones, existen tantas mujeres preparadas y comprometidas con sus entidades que las estructuras partidistas siempre están basadas en ellas.

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