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viernes, diciembre 5, 2025

En dos semanas deberán estar demolidos locales de la Antigua Línea de Fuego

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  • Propietarios tienen hasta el 16 de febrero para realizar la demolición, de acuerdo a un edicto publicado en el Periódico Oficial del Estado
  • De no realizar el trabajo, municipio capital se encargará de la demolición

Este lunes 2 de febrero fue publicado un aviso en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes en donde se les notifica a los propietarios de los predios en la Antigua Línea de Fuego que los locales deberán estar demolidos totalmente a más tardar el 16 de febrero, de lo contrario, la Secretaría de Desarrollo Urbano del Municipio de Aguascalientes (Sedum) ejecutará la demolición de las fincas enlistadas a costa del propietario, debido a las pésimas condiciones en que se encuentran los predios.

En la segunda sección del Periódico Oficial se publicó un edicto a nombre de César Enrique Peralta Plancarte, titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano, en donde con base en el Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda del Estado de Aguascalientes, así como el Código Municipal, se hace del formal conocimiento a los propietarios de las fincas señaladas que por medio de un oficio con fecha 26 de diciembre de 2014, el director de la Coordinación de Protección Civil, Bomberos y Atención a Emergencias Prehospitalarias, solicitó a la Sedum “se efectúe la demolición de dichos inmuebles debido al deplorable estado de operación y servicio estructural en el que se encuentra”.

Esta petición se hizo tras una visita de inspección que realizó la coordinación al lugar, respaldado por Martín Vázquez Ramírez , Luis Gerardo del Muro Caldera y Sergio Moreno Gutiérrez, todos ingenieros, quienes establecieron que debido a la falta de mantenimiento y abandono en el que se encuentran las fincas, éstas presentan un grado de avanzado deterioro, “con desprendimiento de piezas de cuña, oquedades y techumbres con deflexiones importantes que no garantizan la estabilidad estructural de acuerdo a los términos contenidos en el Código Municipal y presentan la posibilidad inminente de su colapso”.

Al estar estipulado en la Ley que los propietarios de edificaciones tienen la obligación de conservarlas en buenas condiciones, sin ser un peligro para las personas, se les requiere a los propietarios que en un término no mayor a diez días hábiles -contados a partir de la publicación- realicen la demolición total “ante el inminente riesgo de colapso que presenta, significando un peligro para cualquier tipo de operación, ocupación uso y/o destino del inmueble”.

El edicto concluye advirtiendo que en caso de que los propietarios hagan caso omiso al requerimiento la Sedum ejecutará la demolición de las fincas enlistadas a costa del propietario, en el uso de las facultades que la secretaría tiene señaladas en el Código Municipal y del Reglamento de Protección Civil del Municipio, la lista completa puede consultarse en la página de Gobierno del Estado en la sección del Periódico Oficial del Estado (http://bit.ly/1LIMfxm).

 

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