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jueves, febrero 5, 2026

Matrimonio como un derecho / Letras ciudadanas

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Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Lo ideal sería que estos derechos estuvieran en su totalidad contemplados en las leyes y se garantizara su observancia, pero para que así sea es necesario que la sociedad se encuentre bien informada, libre de atavismos y consciente de la pertinencia de la separación de cualquier iglesia y el estado.

En los últimos años se han presentado avances sustantivos en la legislación con respecto a los derechos humanos gracias, principalmente, a la correcta aplicación de los principios generales del derecho y, también, a la firma de tratados con otras naciones, ya que el derecho internacional establece la obligación que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas circunstancias o abstenerse de actuar en otras a fin de proteger los derechos humanos y las libertades.

El desarrollo evolutivo que debe de tener toda legislación en los grupos humanos no es tarea fácil, puesto que se enfrenta, como en todo cambio, a la inercia omnipresente en cualquier ámbito, aunque en el campo social ésta se ve intensificada de manera particular al ser auspiciada por grupos cuyos intereses no son los de la nación, sino sus propios intereses por conservar el poder y el dinero con el que han contado a lo largo de varios siglos y a costa del trabajo y el esfuerzo colectivo; de cualquier manera el oscurantismo va cediendo terreno a la nueva sociedad en donde la verdad nos hará libres, aunque no con la facilidad y celeridad que quisiéramos.

Hace algunos días la Suprema Corte, en un acto de justicia tal como le corresponde, dio un importante paso en materia de derechos humanos al establecer, con base en la nueva jurisprudencia obtenida por la gran cantidad de amparos tramitados, que son inconstitucionales las leyes de cualquier entidad federativa que considere que la finalidad del matrimonio es la procreación o que defina que éste se celebra entre un hombre y una mujer; desafortunadamente, pero como era de esperarse, se han presentado reacciones en contra de esta determinación por parte de algunas personas entre las que se encuentran líderes religiosos que no han podido o no han querido entender que el derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión consagrado en el artículo 24 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos en nada interfiere con las libertades que tienen en sus organizaciones y que se encuentran garantizadas en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

Debemos de tener perfectamente claro que los dogmas de las iglesias, cualesquiera que éstas sean, no tienen porque ser exportados a la totalidad de los ciudadanos y ciudadanas, en apego al respeto que debe existir en la sociedad y en concordancia con el sentimiento de nuestra República laica.

Hace pocos días un ministro de culto y parte de sus feligreses mencionaron que no compartían la idea de la ley que habla de la aceptación de matrimonios entre personas del mismo sexo y que si eso ameritaba ir a la cárcel, lo harían, pero que no acatarían la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Esto es producto de la falta de conocimiento de lo que significa el laicismo y la separación de las iglesias y el estado. Cada asociación religiosa cuenta con sus propias normas, y el que quiera, cumpliendo con los requisitos que establezca el grupo, podrá pertenecer a una u otra religión, pero no hay razón para que las creencias particulares sean impuestas a toda la sociedad. La resolución de la Corte es con respecto a los derechos civiles, y ésa sí debe ser una norma de observancia general.

Seamos cuidadosos y al escuchar comentarios o arengas cuyo fin sea el de imponer una determinada convicción de un grupo en particular a toda la sociedad, tomémoslas con las reservas que el caso amerite, por el bien de todos.

oswaldordz2011@gmail.com

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