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viernes, diciembre 5, 2025

Confirma TEPJF a magistrados electorales de Aguascalientes

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • La Sala Superior desestimó la falta de experiencia y los posibles vínculos partidistas de los futuros integrantes del Tribunal Electoral local
  • Los nombramientos fueron impugnados por el comité estatal del PRI y un particular

 

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el nombramiento de los tres magistrados electorales del estado de Aguascalientes, en sesión pública.

Por unanimidad, los miembros de la Sala Superior desecharon los juicios de nulidad SUP-JDC-297/2017 y SUP-JRC-165/2017 presentados por Jorge Valdés Macías y el Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI) -respectivamente- contra los integrantes del aún inexistente Tribunal Electoral local, los cuales fueron designados por el Senado el 27 de abril.

Las sentencias, elaboradas por la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, desestimaron los  argumentos esgrimidos por los inconformes para justificar la inelegibilidad de las nuevas autoridades judiciales en materia electoral, quienes harán frente a los comicios de 2018, en los que se votará por el próximo presidente de la República.

Haber sido candidato a diputado federal por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la votación de 2012 no le impedirá a Héctor Salvador Hernández Gallegos desempeñar la magistratura por un periodo de siete años, pues la Ley General de Instituciones y Procedimiento Electorales (LGIPE) sólo marca que los magistrados no deben haber sido postulados en los cuatro años anteriores a su designación, y ya ha pasado más tiempo del señalado.

Tampoco fue obstáculo para Hernández Gallegos haber representado al Partido Acción Nacional (PAN) ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE) en la pasada elección, ya que exhibió contratos de prestación de servicios profesionales hacia el blanquiazul para demostrar que no milita ni ha ocupado ningún cargo en la dirigencia de dicho partido: “Por lo que hace el agravio a la indebida afiliación al PAN y PRD se declara infundado ya que no es un requisito de inegibilidad contemplado en la convocatoria pública”.

El parentesco con un ex diputado local por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) de Claudia Eloisa Díaz de León González, quien ocupará el cargo por cinco años, tampoco es motivo para echar abajo su nombramiento, pues no contraviene a la convocatoria emitida por la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Senadores.

La Sala Superior también avaló a Jorge Ramón Díaz de León Gutiérrez, a quien señaló de carecer de los conocimientos en la materia para ser magistrado electoral por tres años, al confiar en que los senadores de la Jucopo conocían tal requisito, “Por lo que su nombramiento fue definido en el ámbito de pluralidad y deliberación que le asiste el pleno del Senado”.

El órgano jurisdiccional rechazó que no haber entrevistado a los más de 20 aspirantes sea causa de anulación de las designaciones, pues esto no era parte del procedimiento previsto en la Constitución, la LGIPE y la convocatoria pública emitida por el Senado: “No es sino una mera posibilidad para analizar los requisitos sin que exista una obligación de llevarlas a cabo”.

Por falta de presupuesto, el Tribunal Electoral para el Estado de Aguascalientes no ha entrado en funciones a tres meses de la toma de protesta de sus integrantes.

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