- Los aspirantes pueden seguir ejerciendo su libre expresión en sus cuentas personales en redes sociales
- Corresponderá a los tribunales vigilar que se cumplan los lineamientos
El presidente del Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE), Luis Fernando Landeros Ortiz, negó que los lineamientos para garantizar la equidad entre los participantes en la contienda electoral 2017-2018 sean un intento de ley mordaza.
Las medidas aprobadas por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) el 20 de julio contienen pocos cambios a la regulación de la propaganda político-electoral, que ya está establecida en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Lgipe) y los códigos estatales, “y lo único que hacen es condensar los antecedentes de acuerdos y sentencias de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”, explicó a La Jornada Aguascalientes.
Entre las principales modificaciones, Landeros destacó el reconocimiento de aspirantes que en el ejercicio de su libre expresión manifiesten “de forma clara, precisa, sistemática y públicamente” una aspiración legítima de contender en un proceso electoral; el hacerlo de manera anticipada pudiera sancionarse con la negativa de registro como precandidato o candidato.
Los lineamientos prohíben a los aspirantes la realización, difusión, compra, adquisición, aprovechamiento o beneficio de propaganda, mensajes o expresiones de promoción a través de radio, televisión, medios impresos, bardas, espectaculares, además de que por primera vez contempla también los comerciales en cines.
Esto también incluye internet y redes sociales, lo que ha desatado controversia al interpretarse como actos de censura. Sin embargo, el consejero presidente del IEE aclaró que estos medios serán regulados con excepción de las cuentas personales de los aspirantes, cuyas expresiones serán salvaguardadas como parte de su libertad de expresión siempre y cuando no contraten publicidad.
Aunque negó que se trate de una “ley mordaza”, advirtió que en caso de acreditarse el pago de publicidad, será contabilizado como gasto de campaña: “Anteriormente lo que se gastaba en esa propaganda no eran contabilizado dentro de los topes de gastos de campaña y en esta ocasión es la principal novedad. La medida tiene una naturaleza fiscalizadora”.
En opinión del consejero, todo esto pudiera caer en la sobre regulación: “Subestiman al electorado, lo digo como ciudadano, el hecho de que una publicación pagada en Facebook no va a hacer que vaya a votar por o influya en mi intención del voto, pero creo que la pelota está en la cancha de los partidos políticos, de demostrar esa altura y civismo que como contendientes deben exponer al electorado y que si van a buscar el apoyo ciudadano manejen el ejemplo de respetar las normas”.
Otra novedad es la prohibición de servidores públicos de asistir a eventos en los que se entreguen obra o programas sociales, así como de rendir informes de actividades durante todo el proceso electoral -no sólo en tiempos de campaña-: “El lineamiento dice que siempre y cuando la legislación establezca una fecha específica para rendirlo y aún así tendrá que tener su regulación, ya que hay cierta periodicidad en cuanto a la difusión de los informes”.
El cumplimiento de los lineamientos del INE corresponderá a los tribunales electorales locales y la Sala Especializada del TEPJF a través de la resolución de las quejas relativas a propaganda que se presenten en los estados en el proceso federal y local. Los órganos jurisdiccionales deberán rendir un informe a la Unidad Técnica de Fiscalización del INE para que estos gastos se contabilicen en el tope de los aspirantes y candidatos.




