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viernes, diciembre 5, 2025

Todas las muertes de mujeres se deben investigar con perspectiva de género

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  • Muertes de mujeres deben investigarse con esta perspectiva incluso si en un primer momento parecieran suicidio o accidentes
  • Exigen que sean respetados íntegramente los derechos de las víctimas directas e indirectas

 

Ante la muerte violenta de Marisol López Carrillo el 18 de Octubre en el municipio de Jesús María, y ante el conjunto de declaraciones por parte de las autoridades, el Observatorio de Violencia Social y de Género de Aguascalientes comentó a través de un comunicado de prensa que es de suma importancia recordar que México ha firmado y ratificado distintos tratados internacionales para prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres, así como protocolos nacionales creados para la atención a víctimas y la impartición de justicia con perspectiva de género, donde se debe garantizar la idónea investigación, sanción y reparación del daño.

En dicho comunicado, el Observatorio señaló que las reformas constitucionales en materia penal y de Derechos Humanos en el país reconocen ampliamente el derecho de las víctimas, donde las autoridades están obligadas a adoptar las medidas necesarias acorde a protocolos para garantizar la íntegra y debida diligencia de los procesos.

La SCJN y de la Corte Interamericana ha sentenciado casos de muertes violentas de mujeres, por lo que es obligación de todas las autoridades investigar estas muertes con perspectiva de género, incluidas las que en un primer momento pudieran parecer causadas por suicidio o accidentes.

En el caso de muertes violentas de mujeres -señala el Observatorio- se deben identificar las conductas que causaron la muerte y verificar la presencia o ausencia de motivos o razones de género en las causas de la muerte violenta. Se deben, también, preservar evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual y se deben hacer las periciales pertinentes para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia. Además, las investigaciones policiales y ministeriales por presuntos feminicidios deben analizar la conexión que existe entre la violencia contra la mujer y la violación de otros derechos humanos, así como plantear posibles hipótesis del caso, basadas en los hallazgos preliminares que identifiquen la discriminación o las razones de género como los posibles móviles que explican dichas muertes.

“Reconocemos la importancia de que se hayan realizado las reformas al Código Penal del Estado de Aguascalientes para la tipificación del feminicidio y se hayan publicado los Protocolos estatales establecidos en la Sentencia de Campo Algodonero”, se lee en el boletín informativo, donde además se hace del conocimiento público que la interpretación y aplicación del Protocolo de Investigación con Perspectiva de Género de Muertes Violentas de Mujeres en el Estado de Aguascalientes tiene como base y como referente protocolos más vastos y exhaustivos respecto a los criterios para la investigación de muertes violentas de mujeres, motivo por el cual no podrá aceptarse conclusión alguna que pretenda archivar la investigación si la misma no ha sido realizada de acuerdo a los estándares mencionados en dichos protocolos y donde se haya demostrado la exhaustividad en la investigación.

“El Observatorio de Violencia Social y de Género de Aguascalientes reitera, una vez más, su exigencia para que sean respetados íntegramente los derechos de las víctimas de la familia de Marisol López Carrillo, consagrados en el apartado C del artículo 20 constitucional”, expresó Wilfrido Salazar, abogado del Observatorio.

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