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miércoles, febrero 4, 2026

Hogares de Aguascalientes no se armarán con el reforzamiento de la legítima defensa

Carlos Olvera Zurita
Carlos Olvera Zurita
Nada, sólo 28 años de vida. Reportero en La Jornada Aguascalientes.

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  • La modificación al Código Penal generará la búsqueda de nuevas vías para que delincuentes reconsideren entrar a los hogares, aseguran
  • Existen normas claras para la obtención de un arma de fuego de manera legal

 

Si bien el expresidente del Colegio de Abogados, Francisco Frausto Ruiz Esparza, consideró que el reforzamiento de la legítima defensa de los ciudadanos no hará que los hogares en Aguascalientes se armen, sí generará la búsqueda de nuevas vías para los delincuentes quienes reconsiderarán entrar a los hogares.

El 18 de diciembre el Congreso del Estado aprobó modificar el Código Penal de Aguascalientes a fin de garantizar la legítima defensa de los ciudadanos para con los delincuentes, siempre y cuando esta se lleve a cabo de manera proporcional a la agresión cometida.

Con ello, se justifica por ejemplo que si un ciudadano es amenazado con una pistola, el ciudadano pueda sacar la suya propia y defenderse del individuo que ingresó a su vivienda, sin embargo no cualquier ciudadano puede portar un arma.

Según la Ley Federal de Portación de Armas y Explosivos en el artículo 26 del Capítulo III, “Casos, condiciones, requisitos y lugares para la portación de armas”, para que una persona física pueda portar un arma que no sea de uso exclusivo del Ejército deberá: Tener un modo honesto de vivir, haber cumplido (los obligados) con el Servicio Militar Nacional, no tener impedimento físico o mental para el manejo de las armas, no haber sido condenado por delito cometido con el empleo de armas y no consumir drogas, enervantes o sicotrópicos.

Además debería acreditar, a criterio de la Secretaría de la Defensa Nacional, la necesidad de portar armas por la naturaleza de su ocupación o empleo, las circunstancias especiales del lugar en que viva o cualquier otro motivo justificado.  

Por ello no se prevé un aumento sustancial en la compra de armas de fuego dadas las limitantes que interpone la ley, según Ruiz Esparza, expresidente del Colegio de Abogados y miembro del Consejo Directivo del mismo organismo.

Aunque criticó la falta de búsqueda de apoyo y asesoría de los organismos como la Barra o el Colegio de Abogados por parte de los diputados del Congreso del Estado que promovieron y aprobaron la reforma al Código Penal de Aguascalientes, consideró que el propósito de los legisladores no fue el de incrementar la necesidad y consumo de armas de fuego en los hogares de Aguascalientes, sino generar acciones “disuasivas” para que los delincuentes reconsideren sus acciones lo cual, sin embargo, puede generar otras vías para ellos.

 

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