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jueves, diciembre 18, 2025

Más multas y amonestaciones contra partidos políticos y excandidatos en Aguascalientes

Sandra Macías
Sandra Macías
Periodista por devoción, abogada por convicción, más de veinte años contando historias hacen de mi vida una experiencia grata y especial.

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  • Los nuevos expedientes analizados por los magistrados electorales tienen que ver con propaganda en lugares prohibidos y el uso de niños en imágenes de campaña
  • Amonestación pública y multas de 40 UMAS son las sanciones

 

 

El Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes sesionó de nueva cuenta para dirimir expedientes que iniciaron los distintos actores políticos en el proceso electoral 2018-2019 y en el cual se eligieron alcaldes de los once municipios.

En esta ocasión, el pleno del Tribunal en la materia determinó nuevas sanciones contra quienes colocaron propaganda electoral en zonas prohibidas por el código, además del uso de niños en las imágenes de campaña.

En la sesión del miércoles, el Pleno del Tribunal Electoral determinó la existencia de una infracción denunciada contra el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y su candidato a la alcaldía de Pabellón de Arteaga por la publicación de diversas fotografías en la red social en las que aparecieron menores de edad.

El excandidato Cuauhtémoc Escobedo, que por cierto resultó electo y cuya elección fue impugnada por el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), fue sancionado con la aplicación de una multa económica equivalente a 40 UMAS, mientras que a su partido, el PRD, los magistrados electorales decidieron sancionarlo con una amonestación pública.

El Procedimiento Especial Sancionador analizado por el Pleno fue el TEE-PES-025/2019; en éste se determinó la existencia de la infracción denunciada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra Cuauhtémoc Escobedo Tejada en su carácter de candidato a Presidente Municipal de Pabellón de Arteaga “en lo que respecta a la afectación del interés superior de la niñez”, por haber publicado diversas fotografías y un video en la red social Facebook, en los que aparecen menores de edad, con inobservancia a lo dispuesto por la normatividad electoral.

Ahora bien, en otro expediente resuelto por los magistrados electorales, Héctor Salvador Hernández Gallegos, Claudia Eloisa Díaz de León González y Jorge Ramón Díaz de León Gutiérrez, se determinó la existencia de responsabilidad de la entonces candidata a la Presidencia Municipal de Tepezalá por el partido Morena por la colocación de propaganda política en el primer cuadro de aquella demarcación, lo cual violentó lo dispuesto por la legislación en la materia.

Este expediente fue abierto a su análisis a petición del Partido Acción Nacional (PAN), instancia que se dolió de la fijación de propaganda en zona prohibida y la cual consistió en la pinta de bardas con el nombre de la candidata, su cargo y el partido que la postuló, es decir, Morena.

La sanción determinada por los magistrados electorales fue una amonestación pública a Yazmín Marmolejo Beltrán y a su partido.

 

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