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lunes, marzo 16, 2026

FGR debe informar de personas con sentencia condenatoria irrevocable por delitos relacionados con delincuencia organizada

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  • La información servirá para dar cuenta del desempeño tanto de las autoridades procuradoras de justicia, las fiscalías, los ministerios públicos y las instancias que imparten justicia
  • El acceso a las sentencias condenatorias irrevocables permite a los ciudadanos controlar el trabajo de los poderes judiciales federal y estatales en el limitado número de casos que se judicializan

 

La Fiscalía General de la República (FGR) debe informar quiénes de los 15 presuntos delincuentes dados a conocer por la entonces Procuraduría General de la República en diversos acuerdos e informes de labores, entre 2007 y 2012, cuentan con una sentencia condenatoria irrevocable por delitos relacionados con delincuencia organizada, precisando la causa penal y el juzgado donde radica, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar su solicitud, el particular precisó que los 15 presuntos delincuentes son Humberto Rodríguez Coronel, José Ángel Carrasco Coronel, Luis Ricardo Centeno Vela, Marcelino Ticante Castro, Mario Núñez Meza, Misael Torres Félix, Serafín Zambada Ortiz, Jorge Iván Gastélum Ávila, Inés Enrique Torres Acosta, Sergio Kurt Schmidt Sandoval, Martín Gaudencio Avendaño Ojeda, Dilver Fidel Soto Alvarenga, Javier Coronel Carrasco, Rufino Vicente Carrillo Salmerón y Juan José Esparragoza Monzón: “La información requerida, es decir, el estatus legal de estas personas y datos sobre las posibles sentencias condenatorias irrevocables servirá para dar cuenta del desempeño tanto de las autoridades procuradoras de justicia, las fiscalías y los ministerios públicos, así como de las autoridades que imparten justicia, es decir, los jueces”, afirmó el comisionado Joel Salas Suárez.

Al presentar el caso ante el Pleno, el comisionado destacó que la información servirá también para verificar que los procesos legales se hayan llevado a cabo con estricto respeto a los derechos de los presuntos culpables, pues de acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos, se cometen violaciones frecuentes a los derechos de los detenidos y el 27.71 por ciento de los reclusos no cuenta con una sentencia: “El posible acceso a las sentencias condenatorias irrevocables permite a los ciudadanos controlar el trabajo de los poderes judiciales federal y estatales en el limitado número de casos que se judicializan. ¿Por qué deben evaluarse las sentencias? Porque una sentencia no siempre es garantía de protección y justicia dadas las deficiencias del sistema de procuración de justicia”.

Específicamente, el particular solicitó conocer el estatus legal de los 15 presuntos delincuentes publicados por la entonces Procuraduría General de la República en diversos acuerdos e informes de labores, entre 2007 y 2012. Precisó que en caso de que alguno de ellos ya cuente con sentencia condenatoria irrevocable, se le informará la causa penal y el juzgado donde está adscrita.

En respuesta, la FGR señaló que se encuentra jurídicamente imposibilitada para pronunciarse sobre la existencia o inexistencia de alguna denuncia, averiguación previa o carpeta de investigación relacionada con las personas referidas, debido a que se trata de información confidencial.

Inconforme, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI. En alegatos, la Fiscalía reiteró su respuesta.

En el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Joel Salas Suárez, se determinó que es de interés público conocer la información de las personas referidas por el particular que ya cuentan con una sentencia condenatoria irrevocable, pues fueron detenidas en el marco del combate a la delincuencia organizada y su situación jurídica ya fue determinada de forma definitiva.

Tras aplicar la prueba de interés público, se advirtió que la información permitiría transparentar la estrategia nacional de política criminal en materia de combate a la delincuencia organizada e identificar a quienes se les comprobó que atentaron no sólo contra intereses individuales o colectivos, como la salud, la integridad física de las personas, la vida, la libertad, la estabilidad económica, entre otros, sino que pusieron en riesgo la seguridad nacional, por sus acciones.

Por tanto, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la FGR y le instruyó proporcionar información de las personas referidas por el particular que ya cuenten con una sentencia condenatoria irrevocable por delitos en materia de delincuencia organizada, precisando la causa penal relacionada con dicha sentencia, así como el juzgado donde radica la misma.

 

Con información del INAI 

 

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