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viernes, diciembre 5, 2025

STPS deberá dar a conocer acciones para rescate de cuerpos de 65 mineros atrapados en Pasta de Conchos

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Pasta de Conchos es un ejemplo emblemático de las posibles omisiones más graves que se pueden presentar por parte de los gobiernos y de las empresas mineras a las previsiones establecidas por la ley

La transparencia es la vía para que las empresas y el Estado mexicano demuestren su compromiso con la no repetición de casos como este. Las pérdidas de vidas por omisiones al cumplimiento de la Ley son inadmisibles

 

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) deberá buscar y dar a conocer los documentos que den cuenta de las acciones previstas por la titular de la dependencia, para el rescate de los cuerpos de los 65 mineros atrapados en Pasta de Conchos, así como las que haya emprendido, entre diciembre de 2018 y el uno de abril de 2019, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez destacó que la información pública es el insumo para demostrar que se trabaja para que este tipo de casos no se repitan: “El Gobierno Federal actual ha dado un paso significativo para dirigir la historia del sector minero mexicano por un nuevo rumbo al retomar el caso Pasta de Conchos e informar a la población de los avances. Este paso puede ser engrandecido si se fortalecen las previsiones en materia de transparencia. Pasta de Conchos es un caso emblemático, pero existen más”.

Salas Suárez afirmó que el caso Pasta de Conchos es un ejemplo emblemático de las posibles omisiones más graves que se pueden presentar por parte de los gobiernos y de las empresas mineras a las previsiones establecidas por la Ley: “Las pérdidas de vidas por omisiones al cumplimiento de la ley son inadmisibles, al 2019 ya no deberían ocurrir. Tampoco deberían registrarse las irregularidades relacionadas con un mal manejo de los impactos sociales y ambientales por la explotación de minerales en el país”.

El comisionado del INAI recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que el Estado mexicano no identificó las causas de la explosión en Pasta de Conchos ni la presunta responsabilidad de servidores públicos, además de que tampoco ha recuperado los cuerpos de los trabajadores mineros, lo cual debió haber hecho por tratarse de un delito perseguible de oficio: “Éste es el primer caso relacionado con minería en que el Estado mexicano acepta allanarse ante el proceso internacional de derechos humanos. Esto es un hito en la historia nacional que puede ser reforzado si se toma en serio que la transparencia es la vía para que las empresas y el Estado mexicano demuestren su compromiso con la no repetición de casos como este, así como con el respeto a la integridad o salud de los ecosistemas, de los cuales también forman parte las comunidades locales y los pueblos”.

En respuesta al particular que solicitó la información, el sujeto obligado, por conducto de la Dirección de Supervisión y Seguimiento a la Inspección del Trabajo de la Subsecretaría del Trabajo, declaró la inexistencia. La Unidad de Delegaciones Federales del Trabajo, dijo no tener facultades para contar con lo solicitado. Inconforme, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI.

En alegatos, la STPS reiteró su respuesta original. Sin embargo, agregó que, para dar cumplimiento a la instrucción presidencial de rescatar los cuerpos de los mineros atrapados en Pasta de Conchos, iniciaría la conformación del Plan Integral para la Reparación y la Justicia en Pasta de Conchos.

Precisó que la primera medida del Plan sería la instalación de un comité del mismo nombre, cuya responsabilidad será darle seguimiento al proceso de rescate.

En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Salas Suárez advirtió que el sujeto obligado no cumplió con el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley, pues no turnó la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes, como la Oficina de la Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y a la Delegación Coahuila. Además, la Unidad de Delegaciones Federales del Trabajo no asumió competencia y, en consecuencia, no implementó el procedimiento de búsqueda en sus archivos.

Tras una búsqueda de información pública, la ponencia encontró un comunicado de prensa de la STPS, con el que se puede constatar que, a partir del 1 de mayo de 2019, comenzarían los trabajos formales para el rescate de los cuerpos de las víctimas. Por lo tanto, se apuntó, existen elementos para considerar que el sujeto obligado posee entre sus archivos documentos al respecto.

El Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y le instruyó a realizar una búsqueda exhaustiva de la información en las unidades administrativas antes referidas, con el fin de proporcionar los documentos que den cuenta de las acciones que emprenderá la Titular de la Secretaría en la mina Pasta de Conchos, donde fallecieron 65 mineros, así como las operaciones emprendidas del 1 de diciembre de 2018 al 1 de abril de 2019.

 

Con información del INAI

 

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