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sábado, diciembre 20, 2025

Entes públicos tendrán 15 días para responder recomendaciones anticorrupción

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  • Después del 25 de enero se tendrá 15 días para que los entes públicos den respuesta sobre si aceptaron o no las recomendaciones que el Sistema Estatal Anticorrupción emitió. Las réplicas serán públicas
  • Una de las recomendaciones que se le hizo al Congreso del Estado fue precisamente lo que invalidó la SCJN en relación con la Ley de Responsabilidades Administrativas de Aguascalientes

 

 

En diciembre del año pasado la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción (Sesea) emitió 29 recomendaciones no vinculantes dirigidas a los 58 entes públicos (algunas específicas, otras generales) con el afán de reforzar conductas o procesos que pudieran abonar en el combate a la Corrupción. Si bien las recomendaciones no deben de acatarse dado que ni la Sesea ni el Comité de Participación Ciudadana (CPC) son autoridades que sancionen, la respuesta de los entes públicos es primordial para generar confianza con la ciudadanía. El 25 de enero será el último día de notificación a los organismos públicos de las recomendaciones que se les hicieron, a partir de ahí, según el artículo 60 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes, se les da 15 días para responder si se aceptará la sugerencia o no. 

Francisco Aguirre Arias, comisionado integrante del CPC, señaló que las recomendaciones no vinculantes serán una constante que habrán de realizarse año con año. “Durante el año vamos recibiendo ideas, vamos viendo qué estuvo bien, qué estuvo mal, y al final del año en gestión se aprueban; todas las sillas del Sistema Anticorrupción las aprueban”, detalló el representante ciudadano, respecto al proceso para llegar a formalizar una recomendación no vinculante. La importancia de la participación ciudadana radica en que, precisamente el CPC, así como otras organizaciones, son el enlace para poder institucionalizar las peticiones, anomalías o inconformidades que la misma sociedad vive y detecta, aunque las recomendaciones pueden ser negadas por los entes públicos, esa respuesta generará diálogo y presión para ciertos temas, hasta lograr un cambio.

En el artículo 60 se especifica que no sólo se tendrán 15 días para mandar una réplica que podrá ser afirmativa o negativa, sin embargo, ésta debe de ser completamente fundamentada. En caso de que se acepte, se deberá de explicar cómo se harán. Asimismo, esa normativa dice lo siguiente: “Toda información relacionada con la emisión, aceptación, rechazo, cumplimiento y supervisión de las recomendaciones será pública, y deberá estar contemplada en los informes anuales del Comité, Coordinador”. Es decir, se deberá de dar a conocer quiénes sí y quiénes no aceptaron para saber cuál y por qué fue su respuesta. 

Además, el artículo 61 de esa ley complementa: “En caso de que el Comité Coordinador considere que las medidas de atención a la recomendación no están justificadas con suficiencia, que la autoridad destinataria no realizó las acciones necesarias para su debida implementación o cuando esta sea omisa en los informes a que se refieren los artículos anteriores, podrá solicitar a dicha autoridad la información que considere relevante”.

Francisco Aguirre Arias subrayó que, en tanto vayan llegando las réplicas, éstas irán siendo evaluadas para ver cómo fueron contestadas. “De lo que se trata es no solamente combatir la corrupción, eso es muy evidente, sino también de prevenirla”, destacó el comisionado. 

Como se leyó en la edición del 19 de diciembre del 2019 en la nota titulada “Congreso de Aguascalientes, órgano con más recomendaciones del Sistema Anticorrupción” fue este organismo el que destacó con un alto número de recomendaciones entre generales y directas. De hecho, dentro de las 29 recomendaciones existe una dirigida exclusivamente al Congreso del Estado que se relaciona puntualmente con lo que el 21 de febrero invalidó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN): la recomendación número uno sugería la armonización de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes y la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado con la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Mismamente, la recomendación 14, enviada al Congreso y al ITEA, pedía que se promoviera el cumplimiento en materia de publicidad de las declaraciones patrimoniales y de intereses de los funcionarios públicos, también con base en la Ley General de Responsabilidades Administrativas. 

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