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viernes, diciembre 5, 2025

Legislador@s: ¿y las víctimas?/ Sobre hombros de gigantes 

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Aguascalientes sigue dando de qué hablar en materia de derechos humanos, incluso a nivel internacional, gracias a las leyes aprobadas por las y los legisladores. La cuestión es que no se habla para bien, sino para mal, ya que últimamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha declarado inconstitucionalidad de normas locales por violentar derechos humanos y fundamentales de los ciudadanos. La procedencia de estas Acciones de Inconstitucionalidad no son simple formalismos, sino que nos están diciendo que se desperdició tanto el tiempo como los recursos materiales y humanos empleados para crear esas normas, lo que implica haberse pagado por un trabajo mal realizado.

Y si le agregamos una nueva ley respecto al llamado “Pin Parental”, donde la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya cuenta con infinidad de sentencias, tesis y jurisprudencias que determinan la violación de los derechos de las niñas y los niños a través de estas restricciones a su derecho a la educación y salud, y que en próximos días la Comisión Estatal de Derechos Humanos presentará una Acción de Inconstitucionalidad, y seguramente hará lo propio la Fiscalía General de la República y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (y esperemos que el 33% de los legisladores que votaron a favor también lo hagan, y dejen a un lado sus “contra-iniciativas” que no tienen futuro), no falta mucho para que se hable nuevamente de una ley inconstitucional.

¿Si mejor nos enfocamos en iniciativas de ley que realmente requieren nuestra sociedad?, pues en nuestro Estado las víctimas de delitos siguen desprotegidas al no haberse conformado la Comisión Estatal de Víctimas que debió constituirse en un período de 180 días a partir del 9 de enero de 2013, según la Ley General de Víctimas; no obstante lo anterior, una nueva reforma otorgó 90 días a partir del 3 de enero de 2017, por lo que los legisladores han incumplido con el mandato establecido en la Ley General de Víctimas, que los obligó a crear al organismo de protección y seguimiento de los asuntos en materia de violación a víctimas del delito, y a más de siete años, siguen trabajando otras iniciativas, algunas de ellas ya declaradas leyes inconstitucionales, sin poner atención a este rubro. 

¿Por qué se requiere una Comisión Estatal de Víctimas?, ya que anteriormente sólo era objeto del proceso, es decir, el Estado se consideraba afectado por el delito y la víctima se dejaba a un lado; en cambio, este nuevo sistema busca empoderar a la víctima y que se le repare el daño causado por el imputado. La víctima ya tiene un carácter de sujeto o persona para el procedimiento judicial, y las normas internacionales y nacionales obligan a los Estados a contar con organismos protectores de sus derechos en el ámbito penal, y Aguascalientes forma parte de las 11 entidades que aún no cuentan con una Comisión Estatal de Atención a Víctimas, y no se ha integrado cabalmente al Sistema Nacional de Atención a Víctimas por este motivo. 

Las comisiones de atención a víctimas deben estar conformadas por un cuerpo colegiado especializado para tratamiento y atención a derechos de los afectados, con la capacidad de brindar servicios médicos y sicológicos urgentes, así como un área jurídica y de trabajo social para que de esta forma se pueda ofrecer un trabajo de atención para ayudar a la víctima mediante un tratamiento integral de la reparación del daño. Este mecanismo debe contar con la infraestructura necesaria, y el recurso humano y económico suficiente para su operación ya que es una exigencia obligada por la Ley General de Víctimas.

Si bien en Aguascalientes tenemos un claro avance en capacitación a operadores de la procuración y administración de justicia, como una adecuada estructura de la Fiscalía, Defensoría y el Poder Judicial, la atención a víctimas sólo se realiza a través de asesores jurídicos, que aún siguen siendo pocos para la cantidad de trabajo que se les asigna, y siguen faltando las demás funciones que una comisión victimal debe otorgar para acompañar a las víctimas en su proceso de rehabilitación como seres humanos en sociedad, y evitar su revictimización.

Aquí está una agenda pendiente, necesaria y obligatoria para el Poder Legislativo del Estado, pues sin avances en este sistema integral de atención a víctimas, seguirán sin la debida reparación adecuada del daño causado, y además puede ocurrir que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determine, como lo ha hecho en otros casos, que la Legislatura no ha cumplido con una obligación que le dio una norma Federal, y determinen procedentes amparos contra omisiones legislativas por violentar derechos humanos ante la ausencia de la Comisión y la armonización legal.

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