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miércoles, febrero 4, 2026

Publican lineamientos para solicitar amnistía

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  • Las solicitudes pueden entregarse por escrito en la Ciudad de México, y vía electrónica a amnistia@segob.gob.mx
  • Acuerdo  se publicó 2 meses después

 

 

A 4 meses de que se publicó la Ley de Amnistía, este 19 de agosto la Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los lineamientos para que las personas en prisión tramiten la solicitud de libertad por escrito o por correo electrónico.

El procedimiento indica que las personas encarceladas, su representación legal, familiares que tengan una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado con la persona interesada, y los organismos públicos de defensa de los Derechos Humanos, pueden solicitar la amnistía.

Este acuerdo fue aprobado durante la primera sesión de la Comisión de Amnistía, celebrada el pasado 23 de junio en donde estuvieron representantes de la Segob, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Secretaría de Bienestar, el Instituto Nacional de las Mujeres y el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas; sin embargo, se publicó 2 meses después.

En la solicitud se deben incluir los siguientes datos:

  1. Nombre completo, fecha de nacimiento y firma de la persona que solicita el beneficio de la amnistía
  2. Número del expediente judicial, carpeta de investigación o averiguación previa, según sea el caso, y juzgado federal en el que está radicada la causa penal federal sobre la que se solicita la amnistía
  3. De estar vinculada a otro proceso penal local o federal, el número de expediente y el juzgado en el que esté radicado
  4. Establecer los delitos por los cuales se solicita el beneficio de la amnistía, siempre y cuando encuadren en los supuestos establecidos en el artículo 1 de la Ley
  5. Domicilio, correo electrónico y datos de contacto del representante legal o de la persona autorizada para recibir documentación y notificaciones, acompañando documento fehaciente de identidad, en original y copia simple para su cotejo, o escaneado de presentarse por la vía electrónica

Es de recordar que ante la dilación de ese acuerdo, el pasado 14 de julio la organización “Equis Justicia para las Mujeres” presentó una demanda de amparo en contra de la Comisión de Amnistía por incumplir con su obligación de publicar en el DOF los pasos que deben seguir las personas en prisión para obtener el beneficio de la libertad.

El amparo está en el Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México en espera de respuesta.

Los lineamientos establecen que las solicitudes que sean presentadas por organismos públicos deben ser firmadas por la persona titular o el representante legal de dicho organismo y si es presentada por un familiar de la persona interesada debe incluir un documento que acredite el parentesco.

Uno de los objetivos de la ley es otorgar la libertad a personas en condiciones de vulnerabilidad o encarceladas injustamente, por ejemplo, mujeres acusadas de aborto o de homicidio en razón de parentesco —siempre que se trate de una interrupción del embarazo, una emergencia obstétrica o un parto imprevisto—; o bien, de transportar pequeñas cantidades de drogas, entre otros delitos.

Las solicitudes que se entreguen por escrito deberán presentarse en las oficina de la Segob, en calle de General Prim 21, Colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06600,  en la Ciudad de México; y las solicitudes por vía electrónica deberán enviarse a la dirección de correo electrónico amnistia@segob.gob.mx.

 

Anayeli García Martínez|Cimacnoticias 

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