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viernes, diciembre 5, 2025

TEEA mandata al Congreso del Estado armonizar Ley indígena local con la federal

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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  • Propone al IEE realizar protocolo para la atención de la ciudadanía indígena
  • Deber de las instituciones, no profundizar desigualdad histórica

 

 

Si bien el Tribunal Estatal Electoral de Aguascalientes consideró infundados los agravios a sus derechos político-electorales de un integrante de la comunidad indígena Mazahua, ordena al Congreso del Estado de Aguascalientes para que en un término de 60 días naturales armonice la Constitución local a la federal y los tratados internacionales en materia de derechos indígenas, además propone vincular al IEE a la realización de un protocolo para la atención de la ciudadanía indígena.

El ciudadano promovió un juicio para la protección de derechos político-electorales ante el Tribunal al quejarse de la omisión legislativa que les impide participar en las elecciones de integrantes de ayuntamientos y diputaciones, así como elegir a sus representantes indígenas ante los ayuntamientos con pueblos y comunidades indígenas.

Se determinó que, no obstante que el Congreso del Estado promulgó la Ley Indígena 2015 y una reforma en el 2018, no se ha realizado una adecuación a la norma estatal que se homologue a la Constitución federal.

Señaló que no asiste fundamento para una representación étnica debido a que un requisito esencial para esta prerrogativa es conformar pueblos indígenas, hecho que no se acredita en la entidad, puesto que para ello deben existir asentamientos que conformen sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas o parte de ellas y que sean conscientes de su identidad.

En lo que respecta a los mecanismos de representación simple ante los ayuntamientos con vocación indígena, en el proyecto señala que esto resulta inatendible, porque no se percibe ningún obstáculo para ejercicio del derecho político-electoral.

En cuanto a la falta de regulación para elegir representantes internos, la reglamentación indígena en el estado sí prevé esta situación, sin embargo, es factible en cuanto existan en el estado la presencia de pueblos y comunidades indígenas.

Tras reconocer que las comunidades indígenas pertenecen a un sector históricamente discriminado en el goce y ejercicio de sus derechos, señala que es deber de las instituciones que esto se siga profundizando, así como revertir y prevenir los efectos de esta marginación histórica, por ello debe adoptarse medidas transformativas permanente.

Ordenó al Congreso del Estado de Aguascalientes para que en un término de 60 días naturales armonice la Constitución local a la federal y los tratados internacionales en materia de derechos indígenas. Además, se propone vincular al IEE a la realización de un protocolo para la atención de la ciudadanía indígena y debe ejecutar acciones investidas de perspectiva intercultural que hagan efectivos sus derechos y posible la construcción de la igualdad sustantiva, por lo que es oportuno que elabore mecanismos de atención al sector social indígena, de tal forma que se maximice la protección de sus derechos político-electorales.

El encargado de realizar la ponencia a consideración fue el magistrado electoral Héctor Salvador Hernández Gallegos.

 

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