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miércoles, febrero 4, 2026

Autonomía de órganos de transparencia es indispensable para que no reciban presiones externas  

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  • La autonomía es fundamental para evitar que se limite el cumplimiento de su deber y su facultad de decisión sea sólida e independiente
  • La función de los órganos garantes no puede ser sustituida por una institución que dependa de alguno de los poderes de la Unión

 

La autonomía de los órganos garantes de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales es fundamental para evitar que se limite el cumplimiento de su deber y su facultad de decisión sea sólida e independiente, afirmó el Comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Adrián Alcalá Méndez.

“Es necesario que los organismos que decidan y vigilen sobre la garantía del derecho de acceso a la información sean imparciales, que no encuentren en el desarrollo de su función la disyuntiva u oportunidad de ser juez y parte, y que no reciban presiones externas de cualquier tipo que influyan en las decisiones”, enfatizó durante el foro virtual La importancia de los organismos garantes de transparencia en un estado democrático, organizado por el ITEI.

Al participar en el panel “El papel de los organismos garantes de la transparencia en la defensa del derecho a la información”, Alcalá Méndez dijo que, solo así, se podrá alcanzar la ecuación perfecta para lograr una sociedad más informada, participativa y exigente, con mecanismos idóneos para el ejercicio de sus derechos, y a su vez, fortalecer el sistema de pesos y contrapesos.

Señaló que la obligación del Estado es asegurar que no exista restricción o limitación en el acceso a la información, adicionales a las que se encuentran expresamente previstas en la ley, para lo cual los órganos garantes tienen un papel fundamental.

“Si bien ningún derecho es absoluto, es indispensable contar con una instancia independiente que pueda definir sin presiones o intereses de por medio, cuando nos encontramos ante alguna de las excepciones al derecho de acceso a la información y al de la protección de datos personales”, puntualizó.

El Comisionado del INAI indicó que casos como Odebrecht, la Estafa Maestra o la Casa Blanca, ejemplifican la relevancia de las determinaciones de los órganos garantes y son muestra de la necesidad de que éstos funcionen, sin ningún tipo de interferencias o presiones y desarrollen en sus funciones de manera paralela la división de poderes tradicional.

Adrián Alcalá reiteró que la función de los órganos garantes es indispensable para el ejercicio de ambos derechos y no puede ser sustituida por una institución que dependa de alguno de los poderes de la Unión, ya que sus decisiones no tendrían el mismo alcance y la confianza en sus determinaciones se vería debilitada: “El INAI y los organismos garantes de las entidades federativas que integramos el Sistema Nacional de Transparencia son realidades construidas desde trincheras sociales, son la cristalización de un logro ciudadano de muchos años y así es como debe reconocerse. Son organismos que le pertenecen a todas y a todos los ciudadanos y su independencia es clave para el fortalecimiento de la democracia”.

Luis Alberto Herrera, periodista y reportero del diario Reporte Índigo, coincidió en que no es viable jurídicamente que una dependencia del Ejecutivo tenga injerencia sobre los otros poderes públicos, incluso sobre los órganos autónomos, como lo propone el Presidente de la República, al pretender que la Secretaría de la Función Pública (SFP) asuma las funciones del INAI: “Respecto a la autonomía de los órganos, no creo que se trate de una defensa per se de la autonomía, sino de argumentar que hace más sentido que la función de la transparencia, sin duda, esté a cargo de órganos autónomos independientes, que de una dependencia cualquiera”.

Joel Alejandro Gómez Treviño, Presidente Fundador de la Academia Mexicana de Derecho Informático, refirió que la propuesta del Ejecutivo de desaparecer al INAI iría en contra de los compromisos de derecho internacional que México ha asumido con la adhesión al “Convenio 108” de Europa, publicado en el Diario Oficial de la Federación en 2018. 

“Se trata del primer Convenio abierto a países no miembros de la Unión Europea y el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante en el área de protección de datos; obliga a las partes firmantes de los Estados, a tomar medidas necesarias a nivel nacional para adecuar su legislación a los principios establecidos en este Convenio, en el ámbito de tratamiento de la información personal de los individuos. Más de 45 países forman parte de este Convenio y México tardó casi 40 años en adherirse”.

Participaron también Paola Flores Trujillo, especialista en Administración Gubernamental y Políticas Públicas de la Universidad de Guadalajara (UDG); Fabiola Garibaldi Cortez y Alberto Bayardo Pérez Arce, integrantes del Consejo Consultivo del ITEI; José Rubén Alonso González, profesor e investigador de comunicación en la Universidad del Valle de Atemajac (UNIVA) y columnista en el periódico Milenio; Zaira Yael Ramírez García, Coordinadora General del Laboratorio de Innovación Democrática, y Salvador Romero Espinosa, Comisionado del ITEI, como moderador.

 

INAI

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