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domingo, diciembre 21, 2025

Las cifras del Sistema Penitenciario en México/ En el fondo de la ley 

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Hablando un poco del Sistema Penitenciario en México, el cual según el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se encuentra organizado sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. 

De este Sistema Penitenciario, recuerdo que hace más de una década, se dio a conocer un documental titulado “El túnel” realizado por la Dirección de Estudios Jurídicos del Centro de Investigación y Docencia Económicas A.C., cuyos datos aportados en él eran verdaderamente alertadores e interesantes.

Por ejemplo, el costo promedio en el año dos mil cinco, por cada una de las personas que para aquellos años se encontraban privadas de su libertad –procesados y sentenciados ejecutoriados- en los reclusorios del Distrito Federal, era de $120 diarios y si se consideraba que se tenía una población de casi 9 mil 838 personas recluidas, el total ascendía a la cantidad de $3, 580,560.00 a diario.

Otro de los datos revelados en este documental, se refería al número de personas que permanecían al interior de las celdas, y que a decir de uno reclusos entrevistados, la celda tenía una población de 14 personas, la que originalmente era para 6 personas.

En la actualidad, algunas de estos datos –entre otros más- cambiaron radicalmente, de acuerdo al Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales 2021, llevado a cabo por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), al cierre de 2020, la infraestructura penitenciaria a nivel nacional se conformó por 15 centros penitenciarios federales, 251 centros penitenciarios estatales y 53 centros especializados de tratamiento o internamiento para adolescentes.

Tratándose del presupuesto ejercido durante el año 2020 por los centros penitenciarios federales y estatales, incluido el relativo a los centros especializados de tratamiento o internamiento para adolescentes, fue de 37,982,945,681 pesos, destinado a la adquisición y mantenimiento de equipo tecnológico y de seguridad.

Aunque el lado amable de los centros penitenciarios federales y estatales, se ve con la proporción gratuita a la población privada de la libertad de los siguientes bienes: ropa, jabón, cepillo de dientes, cobijas, pasta de dientes, papel higiénico, toallas femeninas, toallas, calzados, entre otros.

Sin embargo, no todo es amable para la población penitenciara, por ejemplo, para las mujeres privadas de la libertad, el INEGI documentó que, al mismo cierre del año 2020, a nivel nacional, la cantidad de mujeres privadas de la libertad que se encontraban embarazadas y/o en periodo de lactancia fue de 356, de las cuales, 57.3% se encontraban en periodo de lactancia.

Pero ahí no termina todo, hace falta contemplar otro tipo de población, y esta se refiere a las niñas y niños –menores de seis años- que permanecieron con sus madres privadas de la libertad tanto en centros penitenciarios federales y estatales. La cifra no es elevada, pues sólo se reportaron 392 menores, de los cuales, 50.5% fueron niños y 49.5%, niñas, la mayoría de ellos se concentraron en el Estado de México, por su parte Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur y Campeche, se reportaron en ceros.

Desde luego, que no podía faltar las cifras de fallecimientos por covid-19, y es que durante el año 2020 –año de la pandemia- se reportaron 199 personas fallecidas al interior de los centros penitenciarios federales y estatales, de los cuales 96.5% eran hombres y 3.5%, mujeres, las entidades con mayor índice registrados fueron Ciudad de México, Puebla y Oaxaca.

Bueno esas y muchas otras cifras más son las aportadas por el INEGI, pero hace falta ver, las otras cifras del sistema penitenciario en México, desde el punto de vista de los Derechos Humanos. La página web de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), cuyo lema es “Defendamos al Pueblo” muestra en su apartado “Resoluciones” las recomendaciones generales, por violaciones graves o del mecanismo nacional de prevención de la tortura.

Ahora bien, de las recomendaciones generales, vinculadas a los centros penitenciarios en México, se contabilizan 5 desde el año 2010, identificadas con los números 18, 22, 30, 33 y 44, ésta última relacionada con el deber del Estado de garantizar el derecho al trabajo digno a las personas privadas de la libertad en los Centros Penitenciarios de la República Mexicana.

Empero, en el rubro de recomendaciones por violaciones graves, se cuenta con la número 48VG, coincidentemente emitida en este año que transcurre, sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la integridad personal y trato digno por actos de tortura, así como al debido proceso, imputables a elementos de la entonces Procuraduría General de la República y al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, así como la integridad personal y trato digno por incomunicación en el Centro Federal de Readaptación Social en Ocampo Guanajuato.

Lo crudo de esta recomendación 48VG, es, entre otros hechos dados a conocer  a la Visitadora Adjunta de la CNDH por parte del denunciante o entrevistado –el 17 de mayo de 2021-, que durante 27 años las autoridades penitenciarias lo han mantenido lejos de su familia, el motivo, la lejanía de los centros penitenciarios donde ha permanecido, en comparación donde radica su familia.

Así, se cuenta una y mil cifras, rubros, recomendaciones, relacionadas con el sistema o los centros penitenciarios en México, aunque pocas son las personas que verdaderamente logran readaptarse o reinsertarse en la sociedad no al nivel (sic) de Goyo Cárdenas Hernández –el homicida de Tacuba- pero si buscando un modo de vida decoroso.

 

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