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viernes, diciembre 5, 2025

Sancionados por VPRG en riesgo de perder derechos político-electorales

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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  • Ningún sancionado por VPRG de este estado se ha canalizado al Registro Federal de Agresores

 

Los sujetos sancionados por violencia política en razón de género (VPRG) que integran el catálogo del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) están en riesgo de perder sus derechos político-electorales si reinciden en esta actuación e integrar el Registro Federal de Agresores por Violencia Política, destacó la magistrada presidenta Claudia Eloísa Díaz de León

“Si han sido sancionados por violencia política de género y la siguen cometiendo, por supuesto que están en un riesgo”, señaló la magistrada, al considerar que ninguna sociedad debe seguir consintiendo que la violencia permee en ningún ámbito, ni que desincentive la participación de las mujeres en espacios por los que se ha luchado, ni que esto ponga en riesgo su integridad, su honor, ni coarte sus capacidades.

Observó que dentro de las determinaciones del TEEA a la fecha, quienes han sido sancionados por VPRG a través de un Procedimiento Especial Sancionador, fueron remitidos al Catálogo de Sujetos Sancionados del ente impartidor de justicia electoral, no así Registro Federal de Agresores por Violencia Política de Género al no considerarse que la gravedad de la conducta así lo amerite.

Recalcó que la VPRG no debe ser un motivo para que el ideal y el mandato constitucional de participación paritaria en las candidaturas hacia un puesto de participación popular entre hombre y mujeres sean efectivos.

Explicó que a fin de que una persona no tiene un modo honesto de vivir, y por consecuencia no puede ser considerado para una candidatura, debe ir detrás una resolución judicial que resuelva un conflicto que así o determine.

Detalló que el Registro Federal de Agresores por Violencia Política de Género se compone de aquellas personas que por una sentencia de los tribunales electorales locales en cualquiera de sus instancias, que por la gravedad de su conducta, ya sea por reincidencia o por lo lascivo que es para la sociedad, se considera que es suficiente para integrar dicho catálogo.

“Recordemos que este fenómeno, al así ser considerado, de VPRG, se incrementa a partir de una mayor participación de las mujeres y a la mayor demanda de espacios – de elección popular- y sugiere que es necesario erradicarla al lesionar, no solo a la candidata, sino a la sociedad en su conjunto al considerar a las mujeres como un grupo vulnerable. Es por eso que se razona la gravedad de la conducta o no, pues no toda conducta que se sanciona a merita ser incluido en ese Registro que los puede dejar sin sus derechos político- electorales suspendidos por un determinado tiempo”, manifestó.

 

 

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