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viernes, febrero 6, 2026

Congreso de Aguascalientes refuerza normatividad de ley de movilidad  

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Este miércoles, aprobaron un dictamen acumulado de las Comisiones de Justicia, y la de Transporte Público de la LXV Legislatura del Congreso de Aguascalientes, para reformar el artículo 111 de la Ley de Movilidad del Estado, la cuales fueron presentadas por los congresistas Raúl Silva Perezchica y Jaime González de León; el objeto de las iniciativas consiste en endurecer las sanciones administrativas a quienes conduzcan en estado de ebriedad.  

La diputada presidenta de la comisión de Transporte Público, Mayra Torres, explicó que para sustentar la propuesta, los diputados señalaron en el dictamen “que los accidentes automovilísticos a causa del consumo de alcohol son uno de los principales problemas en la sociedad, pues resulta en pérdida de vidas, lesiones y afectaciones al patrimonio de las personas”.  

 

Se añade que por la persistencia de este problema, es necesario reforzar el ámbito normativo, implementarlo con eficiencia y hacer cumplir leyes que desalienten conducir vehículos de motor tras consumir alcohol; al tenor de lo siguiente:  

ARTÍCULO 111.- Las licencias de conducir se cancelarán de presentarse cualquiera de los siguientes casos:  

Cuando el titular sea sancionado por segunda vez, en un período de doce meses por conducir en estado de ebriedad. 

Cuando al titular se le sancione por segunda vez en un período de doce meses con la suspensión de la licencia, en términos de los artículos 109 y 110 de esta ley.  

Cuando durante su vigencia, la autoridad que expidió la licencia, se percate que la documentación exhibida por el solicitante de la licencia es falsa o éste proporcionó informes falsos en la solicitud correspondiente, así como cuando la documentación presente alteraciones o modificaciones visibles.  

Cuando así lo establezca una sentencia judicial, que haya causado ejecutoria.

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