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miércoles, febrero 11, 2026

Congreso de Aguascalientes puede ser sancionado si desacata mandato de la SCJN sobre el aborto

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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  • Las consecuencias van desde multas hasta la remoción de cargos
  • Circulan argumentos con intención de desinformar sobre el tema

 

En rueda de prensa convocada por las organizaciones civiles que promovieron el amparo destacaron que el Congreso del Estado deberá derogar los artículos del Código Penal como mandata la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una vez que sean notificados y hasta antes de que finalice el periodo ordinario en el que se encuentren; en caso contrario deberán enfrentar sanciones que van desde multas hasta la remoción de cargos.

Angélica Contreras, de Cultivando Género, dijo saber que, al estar el Legislativo estatal integrado por una mayoría panista, tratarán de aplazar las reformas que les mandata la SCJN, pero recordó que ahora no se trata de apelar a su voluntad política, ya que ahora de una obligación, al recordar que en varias ocasiones se presentaron iniciativas en este sentido, la última en el 2020, no pasó de comisiones.

Observó que, ahora este amparo en revisión protege -además de las personas que deseen abortar- a las organizaciones civiles que proporcionan información al respecto, e inclusive a los médicos y enfermeras que por temor a la criminalización, se acogen a la objeción de conciencia o negar el servicio, por lo que ahora deberán emprender acciones para despenalizar socialmente al aborto.

Destacó que uno de los argumentos que se difunden es que el aborto puede practicarse en cualquier mes de la gestación, lo cual se hace para desinformar, ya que está estipulado que esto tiene como límite la semana 12.

Melissa Ayala, coordinadora de Litigio y Documentación de Casos de GIRE, explicó que además de la derogación de los artículos, el amparo aprobado por la Corte señala al Congreso del Estado está obligado de no tocar ciertos derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y personas gestantes, pero además subraya que el Estado está obligado a garantizar que quienes deseen hacerlo, cuenten con las condiciones para hacerlo.

“Es la primera vez en la historia, en temas de justicia reproductiva, que la Corte señala que es obligación del Congreso derogar artículos y prácticamente aplica un ‘coto vedado’ a los diputados, al no poder tocar ciertos derechos de las mujeres y personas con capacidad para gestar. Además está obligado a garantizar el derecho de interrumpir sus embarazos cuando así lo deseen”, expuso la activista,

En cuanto a las sanciones a las que podría hacerse merecedor el Congreso, en caso de tratar de no cumplir con lo mandatado por la SCJN va desde multas, amonestaciones públicas y privadas y en peor de los escenarios la destitución de sus cargos.

Respecto a la intención de algunos grupos en contra de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres de acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la representante de GIRE recordó que ya reconoció la autonomía reproductiva de las mujeres y con capacidad de gestar en distintas resoluciones.

La resolución del amparo promovido por asociaciones civiles para señalar la inconstitucionalidad de varios artículos del Código Civil que criminaliza el aborto, se refiere a un acto consentido o autoprocurado, en caso contrario sigue siendo un delito, explicó Melissa Ayala, ante los señalamientos que de manera desinformada circulan respecto a que no habrá sanciones en caso de que una tercera persona obligue a una mujer a interrumpir su embarazo.

 

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