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sábado, diciembre 20, 2025

Obligan a autoridades a evaluar el impacto ambiental del río San Pedro

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  • El Juzgado Séptimo de Distrito resolvió que Conagua y la Secretaría de Sustentabilidad han sido omisas en sus deberes de preservar el Río San Pedro
  • Las autoridades deberán ejecutar medidas inmediatas para prevenir y controlar la contaminación del río, incluyendo un estudio de impacto ambiental
  • Habitantes denunciaron afectaciones a la salud y al medio ambiente; la resolución obliga a actuar a los tres niveles de gobierno

A pesar de que días atrás la delegación de la Conagua en Aguascalientes, a través de su titular Rocío Reyes Gaytán, anunció con bombo y platillo el inicio de trabajos de mantenimiento en el Río San Pedro para dar cumplimiento a lo solicitado por el Juzgado Séptimo de Distrito, el problema resulta ser más grave de lo que se aparenta. Así quedó evidenciado en la resolución del Juicio de Amparo Indirecto 877/2025-IX-1, en la que se determinó que tanto la Secretaría de Sustentabilidad, Medio Ambiente y Agua del Estado de Aguascalientes como la Delegación de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) han incurrido en omisiones respecto al cumplimiento de sus facultades para preservar, cuidar y mantener este cuerpo de agua.

El amparo requirió a diversas autoridades estatales y municipales que informaran sobre las actividades de conservación realizadas en esta área. La Secretaría de Obras Públicas del estado argumentó no contar con atribuciones para ello; mientras que la Secretaría de Servicios Públicos del Municipio de Aguascalientes indicó que su competencia se limita al mantenimiento de áreas verdes. Por su parte, la Secretaría de Sustentabilidad también negó tener responsabilidades al respecto, aunque el Juzgado determinó que sí las tiene. Conagua, en tanto, afirmó haber realizado labores de limpieza, pero estas se consideraron insuficientes, ya que ninguna autoridad pudo demostrar que el río no se encuentra contaminado.

Además del estudio de impacto ambiental, tanto la Secretaría de Sustentabilidad como la Conagua deberán llevar a cabo acciones que garanticen la preservación, el suministro y el saneamiento sustentable, con el objetivo de prevenir y controlar la contaminación del agua en la zona. Se ordenó implementar medidas inmediatas para reducir los niveles de contaminación en el Río San Pedro.

La demanda fue presentada el 13 de noviembre de 2024 por residentes del fraccionamiento Condominio Desierto de los Leones, cuyo cauce del río atraviesa la zona. Los promoventes señalaron omisiones por parte de las autoridades en el mantenimiento del río, lo que constituye una violación al artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Ley de Aguas Nacionales.

El expediente detalla que las omisiones afectan directamente los derechos humanos, ya que el río emite un olor insoportable, causando irritación ocular, infecciones, dolores de cabeza e insomnio entre los habitantes cercanos. Asimismo, el agua estancada genera condiciones propicias para la reproducción de mosquitos, lo que incrementa el riesgo de transmisión de enfermedades como el dengue, cuya incidencia ha aumentado considerablemente tanto a nivel nacional como local.

El Juzgado Séptimo de Distrito también advirtió que la situación actual del río vulnera el derecho humano a un medio ambiente sano y contraviene el Programa Estatal de Ordenamiento Ecológico y Territorial de Aguascalientes 2013-2035, el cual plantea abatir la contaminación y preservar los hábitats naturales mediante acciones coordinadas entre gobierno y sociedad civil. En este sentido, el juzgado subrayó que la problemática del Río San Pedro compete a los tres niveles de gobierno y a la ciudadanía organizada.

Llama la atención que, al ser requerida para presentar pruebas de sus acciones, la delegación de Conagua intentó acreditar sus trabajos mediante notas periodísticas. No obstante, el juez concluyó que dichos documentos no cumplen con las características de prueba documental pública establecidas por la ley, por lo que no fueron aceptados como evidencia de las supuestas acciones realizadas.

El Río San Pedro tiene una longitud aproximada de 90 kilómetros y, según diversos estudios, se encuentra entre los más contaminados a nivel internacional debido a la descarga constante de residuos tanto domésticos como industriales.

Con esta resolución, se espera que el estudio de impacto ambiental proporcione un diagnóstico detallado sobre las condiciones actuales del río. El amparo fue resuelto por el juez Milton Kevin Montes y el secretario Carlos Javier Ramos Díaz.

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