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jueves, diciembre 4, 2025

Comisión de Quejas del INE conoce 50 Procedimientos Ordinarios Sancionadores

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  • La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió 50 Procedimientos Ordinarios Sancionadores (POS) relacionados con afiliaciones indebidas e indebidas desafiliaciones en contra de partidos políticos nacionales, así como vistas de diferentes áreas del Instituto y otras autoridades. 

De estos procedimientos ordinarios sancionadores, en 36 asuntos se advierte la presunta violación al derecho de libre afiliación de 81 personas, por lo que se propuso imponer diversas multas a los partidos involucrados. Respecto a un punto de indebida desafiliación, por mayoría de dos votos a favor y uno en contra, se determinó que esta autoridad electoral sí es el órgano garante para atender la restitución de los derechos políticos electorales de la persona quejosa. 

Otros 13 casos corresponden a procedimientos iniciados por vistas del Consejo General, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, el entonces Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el Organismo Público Local de Veracruz, la Sala Superior, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, en contra de diversos partidos políticos, una Agrupación Política Nacional y diversas personas, incluidos algunos servidores públicos. 

Las infracciones materia de estos expedientes, corresponden al probable uso indebido de datos contenidos en el Padrón Electoral, la presunta omisión en la protección de datos personales, irregularidades en materia de fiscalización, omisión de devolver la totalidad de cuadernillos que contienen la Lista Nominal de Electores Definitiva con Fotografía (LNEDF), no acatar determinaciones y requerimientos, la omisión de retirar propaganda electoral y presentar de forma extemporánea al INE la documentación relativa a la modificación a sus documentos básicos (caso Agrupación Política Nacional). 

En un caso más, se trata de una denuncia tiene que ver con la omisión de un partido político de retirar la propaganda electoral colocada en un inmueble público, prestado por autoridades municipales para la celebración de un acto de campaña. 

Por unanimidad de votos, las consejerías integrantes del colegiado determinaron que, en ocho de estos casos se actualiza la caducidad de la potestad sancionadora de la autoridad electoral respecto a los hechos denunciados, porque han transcurrido más de dos años en la sustanciación del procedimiento y, con dicho atraso se transgredieron los principios de certeza y seguridad jurídica de los sujetos implicados. 

En la misma sesión se dio por recibido el informe de los acuerdos de desechamiento dictados en los Procedimientos Especiales Sancionadores radicados en la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del periodo comprendido del 11 de noviembre al 1 de diciembre de 2025. Cabe mencionar que los procedimientos ordinarios sancionadores discutidos se someterán a votación del Consejo General en la próxima sesión que se tenga programada. 

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