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viernes, diciembre 5, 2025

Reflexiones sobre la violencia social y familiar / El Canto del Zenzontle

Manuel Cortina Reynoso
Manuel Cortina Reynoso
Colaborador Nessun Dorma | Abogado y político hidrocálido, Subsecretario de Gobierno del Estado de Aguascalientes y miembro del Colegio Nacional de Abogados Municipalistas.

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La violencia entre dependientes es una forma de establecer relaciones entre personas que dependen unas de otras, pero además, implica una forma de afrontar los conflictos recurriendo a la fuerza, la amenaza, la agresión emocional o el abandono. Como ejercicio de poder, la violencia intrafamiliar vulnera el derecho a la vida, a determinar el uso del propio cuerpo, y sobre todo, a tomar decisiones propias. Pocas situaciones tan detestables podemos imaginar entre dos seres humanos como el abuso de poder sobre los miembros más débiles por las personas responsables de su cuidado. La violencia entre dependientes afecta principalmente a las niñas y niños, mujeres, adultos mayores, y a quienes tienen alguna discapacidad.

Violencia entre dependientes refiere al maltrato físico, sexual o emocional que se ejerce sobre niñas y niños con o sin discapacidad; refiere también a las diferentes formas de violencia física, sexual o emocional en las relaciones de pareja; al maltrato y abandono físico y emocional de las personas mayores; y a la violencia y el maltrato ejercido sobre los niños y niñas o adultos con discapacidad por personas responsables de su cuidado.

Si entendemos la violencia intrafamiliar como el abuso de poder por parte de las personas responsables del cuidado de otros más débiles -por razones de edad, género, condición, etnia o cultura- el término, entonces, se hace extensivo a todos los espacios de reproducción de relaciones de cuidado y sustitutivos vida familiar.

Por lo tanto, la violencia se debe evitar, además de en la familia, en las instituciones de protección de niños y niñas (lugares que hacen las veces de hogar para estos menores de edad); los institutos de rehabilitación para niñas y niños y personas con discapacidad. En estos centros, así como en el hogar, se establecen lazos de poder que deben ser utilizados para el desarrollo del dependiente, y no para su sometimiento, maltrato y abuso.

La escuela se constituye en otro espacio en el cual los niños y las niñas también están en una situación de subordinación, por lo cual, se exige de las personas responsables de su cuidado, el manejo adecuado de esta relación. La violencia ejercida por los maestros sobre niñas y niños, la exposición de los niños y las niñas al maltrato por los adultos, la tolerancia y el manejo inadecuado de la violencia que se ejerce por niños y niñas sobre sus pares, son áreas de protección del Derecho Familiar.

El Estado queda obligado a hacer extensiva la protección y defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas en las relaciones privadas. Esto significa que cualquier violación de los derechos fundamentales de los actores familiares deberá siempre ser analizado a través de la óptica de los derechos fundamentales.

En el caso de las mujeres, nuestra Carta Magna no sólo reconoce la igualdad de derechos para todas las personas, sino que, de forma explícita, consagra la igualdad de derechos entre hombres y mujeres. El principio de tratamiento igual, reconocido constitucionalmente, se configura en un derecho fundamental, de cuyo respeto depende la dignidad y la realización de la persona.

En el caso de los derechos de los niños y las niñas, la Constitución política del Estado de Aguascalientes les reconoce los derechos fundamentales a una especial protección por parte de las autoridades. Establece nuestra Constitución estatal que toda medida o disposición protectoras de la familia y de la niñez, se considerarán de orden público. Lo que significa que cualquier violación a estos derechos constituye una violación a los derechos fundamentales.

En esta misma perspectiva de derechos, la determinación de alimentos, custodia, visitas de los niños y niñas, paternidad, involucra sus derechos humanos que, de acuerdo con el artículo cuarto de nuestra Constitución local, prevalecen sobre los demás.

Por si esto fuera poco, la violencia intrafamiliar constituye una barrera para el desarrollo económico y social del país. Estudios recientes desarrollados por el Banco Interamericano de Desarrollo, han comprobado que las mujeres que son víctimas de violencia doméstica son menos productivas en el trabajo. Esta menor productividad representa una pérdida directa para la producción nacional, tanto del sector privado como del público.

Además, los investigadores del área social están de acuerdo en afirmar que existe una relación muy estrecha entre la violencia doméstica y la violencia social: ambas son parte de un todo, y sus componentes están estrechamente relacionados entre sí y se refuerzan mutuamente.

La violencia se transmite generacionalmente y trasciende los espacios físicos, pasando de la casa a la calle y viceversa. El uso de la violencia para dirimir conflictos es un fenómeno aprendido y que trasciende de la calle a los hogares. Los niños y las niñas que son socializados violentamente, son más propensos para reproducir estos comportamientos en todas las esferas de su accionar social. La Asociación Americana de Psicología afirma que cuanto mayor sea el grado de exposición a la violencia en la familia de origen, mayores serán las probabilidades de que se interiorice como un patrón usual de comportamiento.

¿Queremos un país en paz y libre de violencia? Comencemos a crearlo en cada uno de nuestros hogares, en cada cuadra, en cada colonia, en cada comunidad. Busquemos el camino del diálogo sobre la violencia, y tendremos cada día un mundo mejor.

Twitter: @manuelcortina   correo@manuelcortina.com www.manuelcortina.com

 

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