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martes, febrero 3, 2026

Parejas igualitarias pueden demandar al estado

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  • En caso de que se no actualice la legislación se tiene la facultad civil para demandar por daños y perjuicios
  • El matrimonio igualitario no es un problema de creencias ni ideología, es un asunto de legalidad, asegura la CEDH

A meses de haberse presentado por primera ocasión iniciativas para la modificación del Código Civil en materia del matrimonio, para permitir la unión entre personas del mismo sexo, el Congreso local continúa ajeno al debate en comisiones y grupos parlamentarios, lo cual la Comisión Estatal de Derechos Humanos recordó es un asunto de respeto a los derechos humanos, no de ideologías ni miedo político.

La recomendación hecha por el Congreso de la Unión hacia los poderes legislativos estatales sólo tiene un valor de palabra, pero la declaratoria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe ser acatada por cada organismo; el ombudsman, Jesús Eduardo Martín Jáuregui, puntualizó que la Corte ha manifestado como inconstitucional que el matrimonio se defina como la unión entre hombre y mujer y que su finalidad única sea la procreación, por lo tanto Aguascalientes tendrá que modificar la ley.

“El Congreso está obligado a realizarla porque no es un problema de creencias ni de ideología o fe, es un asunto de legalidad”, aclaró respetar la opinión del líder católico y de toda la sociedad católica, ellos pueden seguir apegándose a sus criterios normativos católicos, pero la ley que se regirá para todos va a tener que ser modificada y ningún diputado tiene razón para oponerse al tema, pues existe el dispositivo legal emitido por la SCJN.

En caso de no ser modificada la ley, las parejas que quieran contraer matrimonio tienen facultad civil para demandar al estado por daños y perjuicios al no actualizar la legislación, Martín Jáuregui detalló la existencia de una responsabilidad oficial por parte del Congreso, la cual se traslada a todo el Gobierno del Estado por el concepto de “responsabilidad solidaria”.

Aquellas personas que tengan que recurrir al amparo, contratar a un abogado y salir del estado para llevar a cabo el proceso jurídico, pueden demandarlo por la vía civil y por lo tanto el Ejecutivo y el Legislativo deberán pagar esos gastos: “esto es plenamente lícito y legal”, razón por la cual la Comisión ha hecho tanta insistencia en que se cumpla la normativa y se legisle antes de caer en un tema de demanda civil.

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