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viernes, diciembre 5, 2025

Por seguridad recomienda SAT no prestar firma electrónica, ni a contadores

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • Explica delegación aplicación para presentar declaración anual, disponible también para equipos móviles
  • La herramienta simplificará el procedimiento y seguridad de contraseñas fiscales

 

Durante abril, las personas físicas deben presentar su declaración anual de impuestos. En Aguascalientes deben cumplir con dicha obligación del ejercicio 2015, 56 mil 500 contribuyentes de los regímenes de arrendamiento, enajenación de bienes, adquisición de bienes, dividendos o personas físicas con actividades empresariales o profesionales; así como cualquiera de los 350 mil asalariados que desee deducir gastos.

Con el propósito de prevenir fraudes fiscales, Martha Laura Alvarado Sandoval, administradora estatal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), recomendó no prestar firma electrónica (Fiel) ni contraseñas a terceros, ni siquiera a los contadores que asesoren el trámite: “la Fiel es como tu puño y letra, es como si se lo prestaras a alguien más para que firme algo; recomendamos tener mucho cuidado (…)”. Si un tercero presenta la declaración, no hay certeza de que los datos sean verdaderos.

En conferencia de prensa, informó que se encuentra disponible una aplicación para simplificar el procedimiento, la herramienta se encuentra disponible en su página de internet y cuenta con tres modalidades para quienes sólo tienen ingresos por salarios y una para las demás personas físicas.

La modalidad “con declaración propuesta”, que está disponible también en dispositivo móvil, aplica para quienes tienen ingresos por salarios o bien, con intereses, cuando éstos son inferiores a mil pesos, tienen un solo empleador, saldo a favor inferior a diez mil pesos o tienen deducciones personales amparadas con factura electrónica que correspondan a gastos médicos, gastos funerarios, primas por seguros de gastos médicos mayores, donativos y colegiaturas: “el contribuyente lo único que tiene que hacer es revisarla, aceptarla y enviarla pues vienen prellenados los datos y los cálculos hechos”.

La modalidad “con precarga de ingresos y gastos” aplica para el contribuyente que no recibió propuesta de la declaración o no la aceptó y permite que éste clasifique, del total de las erogaciones amparadas en una factura electrónica, las que son deducciones personales o bien, agregar las que no localiza, o que por su naturaleza no están amparadas en una factura. Aquí la declaración se llena en automático, la clasificación se hace desde el propio aplicativo y en las erogaciones amparadas en una factura no es necesario que el contribuyente recurra a sus documentos impresos. Para acceder a esta y a la anterior modalidad es necesario haber declarado en 2013 y 2014.

La modalidad “declaración sólo con precarga de ingresos” aplica para quienes tienen ingresos distintos o salarios combinados con otra actividad, se precargan los ingresos por salarios o asimilables, pagos por separación, servicios profesionales y arrendamiento (cuando la persona física le prestó este tipo de servicio a una moral) e intereses. El aplicativo prellena sólo los ingresos, la captura de las deducciones personales es libre y el contribuyente completa el resto de los campos.

La opción DeclaraSAT aplica para los contribuyentes que perciben ingresos distintos de salarios o bien, salarios combinados con otra actividad. Aquí se precargan los ingresos por salarios o asimilables, pagos por separación, servicios profesionales, arrendamiento e intereses; el cálculo es automático y la captura de las deducciones personales es libre.

En todos los casos anteriores se precargan las cuentas bancarias, cuando éstas han sido confirmadas por las instituciones de crédito; es indispensable que la cuenta esté a nombre del contribuyente y el pago puede efectuarse con cargo a tarjetas de crédito y débito hasta en seis parcialidades sin intereses fiscales.

El procedimiento debe realizarse forzosamente a través de la herramienta, para mayor información puede acudirse a las oficinas del SAT, consultar el portal www.sat.gob.mx, la línea MarcaSAT (627-22-728) y el plazo para declarar vence el último día de abril.

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