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miércoles, febrero 4, 2026

De derechos y libertades públicas o ¿pero qué necesidad?

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Se habló y se escribió mucho en días pasados sobre la anécdota protagonizada por un señor de nombre Nicolás Alvarado, hoy ex titular de TV UNAM, dada su polémica opinión publicada en Milenio Diario: “No me gusta Juanga (lo que le viene guango)”, 30 de agosto de 2016; en torno a la vida y obra del recién fallecido cantante Alberto Aguilera, mejor conocido como Juan Gabriel, quien fuera el cantante latinoamericano más importante de los pasados 40 años, según los miembros de la industria discográfica: “El Divo de Juárez valía 45 mdd al morir”, El Universal, 9 de septiembre de 2016.

Al margen del dinero, hablar de la gran importancia de la personalidad y la música de Juan Gabriel para las y los mexicanos excede las pretensiones del presente texto, pero la anécdota en cuestión importa por varias razones de interés público, sobre todo para no perdernos en el ruido cotidiano de las más variadas opiniones.

Primero, habrá que decir que está claro que el señor Alvarado es libre de opinar sobre Juan Gabriel, su música, sus letras o su modo de vestir, así como sobre cualquier otra cosa que estime conveniente, pues le amparan los Derechos Fundamentales garantizados y reconocidos por nuestra Constitución. Y así lo hizo sin duda en su espacio editorial de Milenio Diario. Otra cosa es el valor que cada cual concedamos a sus opiniones. Pero conlleva, en cualquier caso, a que el autor asuma la responsabilidad y sobre todo las consecuencias de lo que escribió.

Y valga recordar entonces que la libertad de que disponemos los articulistas no puede ni debe ser absoluta, pues encuentra unos límites precisos en el menoscabo de la integridad o la dignidad de terceros, como también, y sobre todo, en la ética y la responsabilidad personales. Es decir, en la prudencia o mesura recomendables ante la rotundidad de la muerte.

¿Qué necesidad tenía entonces el citado señor Alvarado de asumir un protagonismo de tan mal gusto ante el reciente deceso del Divo o de criticar la estética personal o la calidad artística del recién fallecido, quien por lo demás lleva años siendo (con razón o sin ella, esa es otra discusión para antropólogos, sociólogos o psicólogos) una querida figura pública?

Luego, para calibrar en su justa dimensión la opinión del señor Alvarado, habrá que atender, desde luego, a su calidad de funcionario en tanto que era titular de una estación de televisión universitaria y pública al publicar su opinión. Esto lo convertía insoslayablemente en un servidor público sujeto a unas obligaciones y responsabilidades (hoy en día tan olvidadas como poco practicadas, pero no por ello menos ciertas) y a unas autolimitaciones de mero sentido común en el ejercicio de sus libertades públicas. Y tan es así que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) tuvo que recordárselo abriendo un expediente sancionador en su contra, pues dicha instancia determinó que la opinión de Alvarado en Milenio Diario era “clasista y discriminatoria”. Nuevamente: ¿qué necesidad la del señor Alvarado de expresar sus opiniones sobre la calidad artística de Juan Gabriel reconociéndose expresamente clasista en un país que de suyo ya es tan racista, machista, homófobo y discriminador?

Al hilo de la anécdota referida, cabe también preguntarnos que tienen nuestras supuestas “elites intelectuales” en la cabeza cuando se esmeran en demostrar públicamente su soberbia y su falta de empatía ante todo lo que son incapaces de comprender o de compartir.

Y finalmente, pasando de la ética a la estética: ¿será acaso el señor Alvarado el más indicado para criticar las “nacas lentejuelas” de los trajes del cantante, cuando viste y calza (literalmente) como lo hace? Porque sucede que quienes lo hemos visto alguna vez en la televisión pública o comercial, damos fe de su más que dudosa elegancia y de la afectación intelectual y el manierismo con los que habitualmente se conduce; con los cuales hemos sido siempre, dicho sea de paso, bastante tolerantes como telespectadores.

Así las cosas, es claro que desde la rectoría de la UNAM hicieron lo debido al aceptar la renuncia del tiquis miquis señor Alvarado. Es más: ojalá muchos otros empleados públicos en este país tuviesen por jefe al rector de la UNAM, cosa que ya le hubiese ahorrado a estas alturas no pocos quebrantos a nuestra maltrecha República.

Y no sobra reconocer que Alvarado hizo también lo correcto al aceptar en cierta medida su responsabilidad y renunciar al cargo que ostentaba; así como también en ofrecer una disculpa pública (“sin retractarse”, en sus propios términos, es decir que reconoce y a la vez no reconoce el error cometido) sobre sus desafortunados e inoportunos comentarios sobre el fallecido cantante.

Queda claro una vez más que no cualquiera puede ser servidor público y que no basta con pretender ser todo un intelectual si no se comprende lo elemental. Hacer gestión cultural universitaria desde el ámbito público implica justamente apertura, pluralidad y algo más que una decidida tolerancia privada y pública a lo diverso. Así que “Nico” estaría mucho mejor en los programas de nota rosa de Televisa o de TV Azteca y no dirigiendo la televisión cultural de la Universidad más importante del país.

En síntesis, la libertad de expresión y de opinión pueden y deben ser limitadas y auto limitadas en ciertos casos, pues no pueden ser absolutas en un Estado Social y Democrático de Derecho como al que aspiramos colectivamente. La libertad de opinión puede y debe conocer, sobre todo, una autolimitación basada en la ética pública de una república plural y diversa. Los servidores públicos pueden y deben ser sujetos a responsabilidad por sus hechos y por sus dichos o escritos. En este y en todos los demás casos.

Así, el desenlace del suceso de marras, con la renuncia y la disculpa pública (a medias) del exfuncionario responsable, establece un sano precedente a seguir para airear un poco nuestra viciada esfera pública.

Post Scriptum: Ante diferentes convocatorias y marchas que poco y nada abonan a la concordia y la paz entre diversos, conviene recordar que al menos formalmente somos una república laica y que conforme a la Jurisprudencia firme de la SCJN las parejas homosexuales tienen el mismo derecho a contraer matrimonio que las parejas heterosexuales. Así que de acuerdo a dicho criterio de la Corte, que es obligatorio en México, -nos guste o no y mientras no se cambie- el Conapred establece que: “excluir a las familias que no reproducen el modelo tradicional mediante expresiones que incitan al odio y a la violencia vulnera los derechos humanos de las personas” (9 de septiembre de 2016).

“¿Pero qué necesidad, para que tanto problema? No hay como la libertad de ser, de estar de ir de amar, de hacer, de hablar de andar, así sin penas.”

@efpasillas

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