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jueves, febrero 5, 2026

Es inconstitucional emplear otros términos para el matrimonio igualitario

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • Derechos Humanos pide legislar la misma figura jurídica para las parejas del mismo sexo
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Es inconstitucional crear instituciones jurídicas para las uniones entre personas del mismo sexo distintas al matrimonio civil, apuntó Jesús Eduardo Martín Jáuregui; el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Aguascalientes (CEDH) recomendó al Congreso del Estado no legislar esta figura bajo el nombre de sociedades de convivencia, enlaces conyugales u homomonios, pues esto conllevará diferencias en el ejercicio de derechos y obligaciones.

El ombudsman aseguró que los tribunales de Estrasburgo y San José de Costa Rica han determinado que crear instituciones específicas para los homosexuales puedan casarse resulta discriminatorio, pues implica diferencias en la aplicación de la ley: “El matrimonio está regulado por diferentes ordenamientos legales. Hay disposiciones que lo protegen desde el Código Penal, pero también Civil y Familiar, hay regulaciones en materia administrativa, financiera, en materia de seguridad social, por eso se le llama institución, porque no es regulado por una sino por varias áreas del derecho”.

De otro modo, sería necesario unificar todas las leyes que dan sustento al matrimonio: “Por ejemplo, el estado no puede regular de manera diferente para una persona u otra el acceso al Seguro Social (…) si la ley habla de que las personas unidas en matrimonio tendrán el derecho de proteger a su cónyuge, el Estado no puede cambiar la ley del Imss para considerar también a las uniones de convivencia. Para evitar esa discriminación, la corte ha fijado su criterio de legislar de manera uniforme el matrimonio igualitario”.

Martín Jáuregui recalcó que regular a las parejas del mismo sexo con conceptos alternativos al matrimonio, atenta contra el criterio de igualdad al que se someten todos los mexicanos: “Hay un principio jurídico que dice: ‘donde la ley distingue, hay que distinguir; y donde la ley no distingue, no hay que distinguir’”.

–¿Puede Derechos Humanos intervenir ante el Congreso del Estado?

–Lo hemos hecho y lamentamos profundamente que no haya tenido oídos para nuestra petición, formulada desde el año pasado (…) sabemos que el Congreso tiene muchos temas importantes, pero creemos que debiera ser interés fundamental el regular de manera igualitaria a todos los ciudadanos, más si existe un criterio de la corte que señala que tenemos leyes inconstitucionales. Es absurdo que el Congreso lo dilate.

“No puede argumentarse que no se hayan puesto de acuerdo, aquí no es cosa de que se pongan de acuerdo, no importa lo que opine el congreso, tendrán que legislarlo acorde al criterio de la corte, no hay otra posibilidad.”

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